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POLICIALES

Horror en Tostado: un hombre fue acusado de abusar sexualmente de nueve niñas de su familia

El hombre tiene 65 años. Los hechos investigados ocurrieron en Tostado, entre 1989 y 2010. Hoy, todas las víctimas son mayores de edad.

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Quedó en prisión preventiva un hombre de 65 años que es investigado como autor de abusos sexuales cometidos en perjuicio de nueve niñas de su entorno familiar, a lo largo de más de dos décadas. Los ilícitos tuvieron lugar en Tostado, ciudad del departamento santafesino 9 de Julio.

La fiscal Shirli Tomasso solicitó la medida cautelar en una audiencia que se desarrolló este miércoles en los tribunales de San Cristóbal, ante el juez de la Investigación Penal Preparatoria (IPP), Juan Gabriel Peralta.

Tomasso señaló que "en la audiencia presentamos los elementos probatorios que sustentan la atribución delictiva que realizamos y el magistrado consideró acreditadas tanto la materialidad de los hechos como la posible autoría, con el grado de probabilidad que demanda esta etapa del proceso penal".

Explicó que "la mayoría de los hechos delictivos que le endilgamos al imputado son abusos sexuales cometidos en un lapso de 21 años contra diferentes familiares". Al respecto, indicó que "en todos los casos, las víctimas fueron obligadas a realizar prácticas sexuales durante su infancia", y aclaró que "actualmente, todas son mayores de edad".

En tanto, la fiscal valoró que "aunque el defensor omitió analizar las evidencias de los ilícitos y pidió que se declarara la prescripción de la acción penal en relación a los abusos, el magistrado rechazó su requerimiento".

Tomasso informó que "desde el MPA (Ministerio Público de la Acusación), hicimos referencia a sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, así como a precedentes de las circunscripciones judiciales números 1 y 2 de la provincia en los que se resolvió lo contrario a lo solicitado por el abogado del imputado".

Por otro lado, puntualizó que "para disponer la privación de la libertad del hombre investigado (cuyas iniciales son CSB), el juez contempló que la pena en expectativa es a prisión efectiva y que los riesgos procesales estaban latentes". En tal sentido, precisó que "la preventiva era necesaria para resguardar a las víctimas, quienes están en una situación de especial vulnerabilidad".

Integridad vulnerada

La fiscal precisó que "el imputado atentó contra la integridad sexual de nueve integrantes de su familia entre 1989 y 2010", y aseveró que "los ilícitos fueron en una casa en la que él residía, en otras dos viviendas y en las instalaciones de una industria en la que él trabajaba".

"Por el contexto y las características de los abusos, lo sucedido tuvo entidad suficiente para alterar el libre y progresivo desarrollo sexual de las nueve personas a las que el hombre de 65 años vulneró", subrayó.

Imágenes aberrantes

Tomasso afirmó que "el imputado también es investigado por la tenencia de material de abuso sexual infantil". Explicitó que "a raíz de un allanamiento realizado en su domicilio, se encontró una computadora de escritorio que contenía 12 videos y 24 fotografías con connotación sexual en los que aparecen niñas, niños y adolescentes".

"De acuerdo con las evidencias recabadas hasta el momento, el investigado tuvo en su poder los archivos ilegales desde octubre de 2011 hasta mediados de este año", planteó la fiscal.

Calificaciones penales

Por los hechos cometidos en perjuicio de las niñas de su entorno familiar, al imputado se le endilgó la autoría de abuso sexual con acceso carnal agravado (por la convivencia y por la guarda); abuso sexual con acceso carnal agravado (por la guarda); abuso sexual gravemente ultrajante agravado (por la guarda); y abuso sexual simple agravado (por la guarda).

A su vez, se lo investiga como autor de promoción a la corrupción de menores agravada (por la guarda en los nueve casos y, en tres de ellos, además por haberse aprovechado de la situación de convivencia preexistente con víctimas menores de edad).

Por otro lado, se le atribuyó la tenencia de fotos y videos con representaciones de personas menores de 13 años dedicados a actividades sexuales explícitas e imágenes de sus partes genitales.

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