Vacaciones: todo los que tenés que saber acerca de la legislación
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Se acerca fin de año y es un tema que nos preocupa. Cuándo se otorgan, qué requisitos debo cumplir para su goce, cuándo se comunican?. Ademas, algunas particularidades para el personal de servicio doméstico.
"Las vacaciones las determina el empleador dentro de ciertos parámetros legales, de acuerdo a la Ley de Contratos de Trabajo dice que el periodo de vacaciones es desde el 1 de octubre hasta el 30 de abril" y también subrayó que hay convenios que pueden cambiar solo para favorecer aquello que dice la Ley de Contratos de Trabajo
"Hay situaciones particulares, para las cuales hay que cumplir determinadas formalidades, mínimamente una nota para evitar inconvenientes" agregó
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Otra situación común es el de la madre en período de maternidad y sabe que va a tener su bebe en mayo o junio y no se toma las vacaciones antes porque sabe que lo podrá hacer atado a la licencia con maternidad.
La Ley de Contrato de Trabajo estipula que para quienes tienen una antigüedad de hasta 5 años de trabajo, corresponden 14 días de vacaciones corridos, hasta 10 años, 21, entre 10 y 20, 28 y más de 20 años de antigüedad, 35 días.
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Para las empleadas domésticas la reglamentación es la misma, solo varía el período de otorgamiento, que va desde el 1 de noviembre al 30 de marzo, la antigüedad y los días de goce, son los mismos. La Ley establece que deben estar comunicadas al empleador 20 días antes de la fecha de las mismas.
Escuchá el informe de la Licenciada Romina Diaz del Estudio de Marisol Escandell

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