Se reglamentó la ley de “Trato digno”: No más de 30 minutos de espera
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Sobre la Ley de Trato Digno dialogamos con el Diputado Provincial Luis Rubeo, autor de la norma que La ley impulsada por el diputado Luis Rubeo,
Este martes el Gobierno Provincial reglamentó la ley 13.702, conocida como “Trato digno”, aprobada por la Legislatura en noviembre del 2017.
El autor de la ley, Luis Rubeo, dialogó con Reencuentro por Radio Rafaela y brindó precisiones acerca de la normativa, "no puede nadie estar esperando en una cola más de 30 minutos y tiene derecho a ser atendido en ese lapso de tiempo, tiene que hacerlo en un lugar confortable, donde la espera sea digna y en un espacio que tenga minimamente sanitarios y habló sobre la normativa: “No podés estar de rehén en una cola más de 30 minutos. Te tienen que atender dentro ese tiempo que además lo tienen que hacer en un lugar que esté acorde, que no te hagan esperar a la intemperie ni al rayo del sol y tienen que ser lugares que tenga condiciones mínimas, por ejemplo, que cuenten con sanitarios minimamente, para que no lo manden al bar de la esquina en caso de necesitar hacer uso de los mismos"
El Diputado Luis Rubeo recordó que cuando comenzaron a trabajar sobre la ley en el año 2017 lo hicieron sobre la base de evitar o que sucede con los jubilados; "en las instituciones bancarias usted pasa y ve gente esperando en las veredas a pesar de las inclemencias del tiempo, sin nadie que lo asista y empezamos a analizar la Ley Nacional de Usuarios y Consumidores que en Santa Fe no se práctica porque Santa Fe nunca adhirió a esta ley entonces se nos ocurrió llevar adelante la iniciativa
Sobre el mecanismo y la implementación el autor de la norma explicó "cuando se ingresa a la institución se le tiene que proveer un ticket con la fecha y el horario en el que ingresa y a partir de allí comienza a correr el tiempo en el que debe ser atendido que como máximo son 30 minutos, la institución debe tener carteles en lugares claramente visibles informando que existe la ley y también un libro de quejas para que se haga el reclamo correspondiente en caso de no ser atendido en los 30 minutos, con ese ticket a usted lo habilita a hacer el reclamo o a la oficina municipal de consumidores o a la Defensoría del Pueblo o cualquiera de las instituciones reconocidas que se dedican a atender los reclamos de los usuarios. Allí comienza la etapa para saber si el plazo en el que usted debería ser atendido fue vulnerado. Si esto es así las instituciones tiene una serie de penalidades establecidas por la ley que van desde los $500 a los $500mil".

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