Los empleadores no pueden obligar a trabajar a quienes no están incluidos en los servicios esenciales
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El Dr. Daniel Pedrotti, abogado laboralista de nuestra ciudad, dio detalles sobre la situación actual en cuanto a situaciones laborales particulares. Aseguró que un empleador no puede obligar a trabajar a sus empleados cuando no están comprendidos entre los casos excepcionales.
“Hay una serie de limitaciones muy importantes y hay una serie de excepciones que son las que habilitan a exigir a los trabajadores que concurran a sus trabajos”. Dentro de estos últimos casos se encuentran los servicios esenciales (médicos, fuerzas de seguridad, entre otros) y también están contemplados la provisión de combustibles, de alimentos y negocios de cercanía.
En general, si no está contemplado expresamente dentro de las situaciones que prevé el decreto, no pueden obligar a los trabajadores a ir a trabajar. Sin embargo, el Dr. Pedrotti explicó que hay casos vinculados a la industria alimentaria en los que se encontraron con algunos grises que se irán aclarando con el correr de los días.
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“Esto es tan drástico, el hecho de que uno tenga que quedarse en su vivienda de forma permanente, que cuesta mucho aceptarlo. Es un shock psicológico al que cuesta acostumbrarse. Afortunadamente, la mayoría cumple con el cometido”.
“Hay empleadas domésticas barriendo las veredas, y no pueden hacerlo, no deben hacerlo. No es considerado un servicio esencial ni está vinculado a la industria alimentaria”. Pedrotti también comentó que hay conflicto en estaciones de servicio, que se niegan a cerrar los shops. “No es venta de alimentos. La estación de servicio debería únicamente expender combustible”, aseguró.
Entrevista completa:

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