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REGIONALES

Sanción definitiva al proyecto de Calvo que amplia beneficios de la Ley 5110

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Alcides Calvo autor de las modificaciones Crédito: Prensa Senador Alcides Calvo

La Cámara de Senadores de la Provincia dio sanción definitiva al Proyecto de Ley autoría del senador Alcides Calvo (PJ- Castellanos), por medio del cual se propician modificaciones a la ley 5.110 con el fin de ampliar los beneficios que la misma otorga.

Cabe destacar que el proyecto había contado con media sanción de la Cámara de Senadores en julio del año pasado siendo remitido a la Cámara de Diputados, desde donde lo giraron nuevamente al Senado en segunda revisión.

Actualmente el Estado Provincial, a través de la Caja de Pensiones Sociales Ley 5.110 brinda a los santafesinos un beneficio, de origen no contributivo, en el que no es necesario haber efectuado aportes previos para recibirla, este beneficio alcanza a las personas de la tercera edad, a aquellas imposibilitadas en forma permanente a desarrollar tareas que le permitan generar los recursos mínimos para su sustento y no tengan acceso a una jubilación, y a madres menores que por diversos motivos hayan quedado desamparados y como consecuencia se encuentren en situación de alta vulnerabilidad económica social, ya sea de indigencia o pobreza.

Expresa el senador Calvo que “toda persona tiene derecho a recibir recursos para afrontar sus necesidades básicas (alimento, salud, educación) de vida si estuviese impedida de trabajar, por lo que el proyecto aprobado busca responder a la vulnerabilidad social”.

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Entre las modificaciones más importantes al texto actual de la ley 5.110 podemos citar que se incorpora el término “beneficio no contributivo” en lugar de pensión, y se introduce el concepto de “vulnerabilidad social”, como la diversidad de situaciones intermedias y al proceso por el cual se está en riesgo de engrosar el espacio de exclusión.

En cuanto a la edad para acceder al beneficio por ancianidad la misma se establece en 60 años, tanto para hombres como para mujeres y no se requiere antigüedad de residencia para el nativo y solo 2 años para el no nativo. A su vez si goza de una pensión no contributiva nacional también puede acceder a una pensión ley 5.110, habida cuenta que ese ingreso resulta insuficiente para satisfacer sus más mínimas necesidades.

Otra modificación importante es que la persona para acceder a la pensión debe tener un 66% de invalidez (porcentaje que se exige a nivel nacional para acceder a las pensiones no contributivas) y que en la actualidad es del 75%.

También se propone el beneficio para los menores de 18 años, extendiendo la asistencia a mayores de 18 y hasta 25 años si se hallan cursando estudios o preparación profesional de un arte u oficio.

Cabe destacar que en el texto sancionado se incorporaron como beneficiarios a las personas trasplantadas o en lista de espera, a las personas trans y a las personas víctimas de violencia de género (en este caso con un beneficio temporal renovable) y a las personas víctimas de delitos.

"El proyecto persigue adaptar la ley actual para posibilitar el acceso de beneficiarios al sistema, con el convencimiento de que la protección social desempeña un papel decisivo en el logro del desarrollo sostenible, la justicia social y el derecho humano a la seguridad social para todos, las políticas de protección social constituyen elementos esenciales de las medidas nacionales y provinciales de desarrollo para reducir la pobreza y la vulnerabilidad en todo el ciclo de vida, y respaldar el crecimiento inclusivo, sostenible e igualitario”.

Alcides Calvo

El senador, por último, expresó su satisfacción por la sanción definitiva del proyecto, lo que sin duda redundará en beneficio de los más necesitados.

Ley 5110 alcides calvo Modificaciones

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