Aborto: La Asociación Civil Portal de Belén insiste en la “inconstitucionalidad” de la norma y solicitó que los artículos se declaren inaplicables
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El Juzgado Federal del Imperio del Sur no tramita la acción presentada por la Asociación Civil Portal de Belén
El Juzgado Federal de Río Cuarto resolvió no expedirse sobre la inconstitucionalidad de la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) y derivó el caso a Córdoba.
Ante el planteo de El portal de Belén, el juzgado emitió hoy su resolución considerando que la Justicia Federal es el ámbito que debe resolver el caso pero lo debería hacer el juzgado de Turno de Córdoba.
"Destaco que conforme Ley 12.239 este tribunal tiene atribuida una determinada jurisdicción, a la cual no corresponde el domicilio del actor, razón por la cual y en aras del adecuado servicio de justicia, tal jurisdicción no puede renunciarse a favor de otro ni arrogarse el conocimiento de causas que por su territorio no le competen", indicó el juez Carlos Ochoa en la resolución.La abogada demandante, Paula Ponte, explicó que “la Justicia Federal admite el amparo” y “es importante porque quiere decir que la Justicia ha entendido que es admisible que se haga este planteo”.
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El juez federal Carlos Ochoa resolvió declarar la competencia del fuero federal en razón de las personas (en tanto es demandado el Estado Nacional), pero declaró la incompetencia territorial del Juzgado riocuartense.
La Asociación Civil Portal de Belén insiste en la “inconstitucionalidad” de la norma y, puntualmente, solicita que se declaren “nulos e inaplicables los arts. 1, 2, 4, 5, 16 y 21 de la ley 27610 ss y cc en cuanto coordinadamente establecen como “derecho” de la persona gestante, la posibilidad de eliminar la vida de sus hijos concebidos, acción de destruir una vida, que ahora pasa a llamarse eufemísticamente interrupción voluntaria del embarazo”.
El Portal de Belén es la misma organización que en el año 2002 había presentado una demanda ante la Corte Suprema de Justicia en contra de la vigencia de la creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable; en el 2012, había interpuesto un recurso contra la aplicación de los protocolos para la Interrupción Legal del Embarazo (que frenó la aplicación en Córdoba por casi siete años); y que también había presentado un amparo que había suspendido la venta del Misoprostol, en el año 2019.
El Diario
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