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PROVINCIALES

Rápida promulgación de siete leyes votadas por la Legislatura

Se trata de las que disponen las emergencias hídricas y de seguridad más leyes penales y la regulación del juego on line. Fueron publicadas en el Boletín Oficial. Pullaro anunció la firma en tres de ellas en redes sociales.

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Sin observación alguna, el Poder Ejecutivo promulgó y publicó en el Boletín Oficial las primeras siete leyes votadas por la Legislatura constituida el 10 de diciembre para darles plena vigencia, entre ellas las emergencias en seguridad y Servicio Penitenciario y la Hídrica.

Se trata de cuatro mensajes que remitió el Poder Ejecutivo el pasado jueves y que fueron leyes esa misma tarde; dos proyectos que había habilitado el Ejecutivo y que ya habían sido votados por la Cámara de Diputados antes del 30 de noviembre y un proyecto de los 19 senadores, también habilitado por la Casa Gris para su rápida sanción.

La comunicación en el Boletín Oficial antecede a otro jueves donde la Casa Gris espera la sanción de otros de los mensajes remitidos a consideración de las cámaras. Entre otros nuevos mensajes, está la ley Tributaria 2024 que fue presentada oficialmente ante legisladores y entidades intermedias. En la Cámara de Diputados, el objetivo del oficialismo es discutir el Presupuesto y la Ley Tributaria la semana venidera.

Los nuevos instrumentos legales publicados este miércoles:

* Ley 14.233: Modifica un artículo de la Ley 13.501 y habilita al Poder Ejecutivo, empresas, sociedades y otros entes públicos a emitir letras, pagarés u otro medio de pago para financiamiento a corto plazo por una cifra equivalente hasta el 3,5% del total de recursos del Presupuesto vigente de la Administración Provincial.

* Ley 14.234: Nueva ley orgánica del Servicio Penitenciario: Son 107 artículos divididos en diez títulos. "El Servicio Penitenciario es una fuerza de seguridad. Su objetivo especifico radica en la custodia, guarda y asistencia de las personas privadas de libertad, sometidas a prisión preventiva o en cumplimiento de penas privativas de libertad", señala el primer artículo. Los sucesivos disponen sobre la estructura, el personal penitenciario, estructura, ingreso y carrera, la evaluación anual de cada agente; el régimen de ascenso. También el régimen de retribución, el disciplinario, y de licencias. Regla sobre asistencia espiritual y el régimen de contrataciones.

* Ley 14.235: Norma "que tiene por objeto genérico la regulación del desarrollo y explotación de la actividad de juegos de azar y de apuestas deportivas y/o pronósticos deportivos en línea y/o con modalidad virtual, que se lleven a cabo a través de medios y/o plataformas digitales, electrónicas, Informáticas, telemáticas, interactivas, de telecomunicación y/o los que en el futuro se desarrollen". Esta iniciativa nació de la bancada radical de Diputados.

* Ley 14.236: Es la autorización a los Municipios y Comunas de la provincia a afectar al pago de gastos corrientes los saldos pendientes del llamado Fondo de Obras Menores. El proyecto fue iniciado por los 19 senadores.

* Ley 14.237: Declara el estado de emergencia en seguridad pública por doce meses, con la posibilidad de disponer una prórroga similar. El estado de emergencia alcanza a todos los órganos del sector público provincial que se encuentren cumpliendo funciones relacionadas con la seguridad pública provincial. A modo enunciativo, la ley detalla el Ministerio de Justicia y Seguridad, el Ministerio Público de la Acusación, la Agencia Provincial de Registro, Administración y Destino de Bienes y Derechos Patrimoniales (APRAD) y/o cualquier otro Registro Provincial que actúe como colaborador de la justicia, los establecimientos destinados a alojar personas en conflicto con la ley penal, los establecimientos sanitarios destinados a tratar personas víctimas de situaciones violentas, los establecimientos encargados de contener o alojar personas vulnerables a partir de situaciones de violencia o relacionados con el consumo problemático de sustancias, los órganos encargados de la protección de personas relacionadas con causas penales y/o cualquier otro órgano del Estado Provincial que fundadamente acredite que esté cumpliendo una función vinculada a la seguridad pública y/o a atender una problemática que resulte conteste con el objeto de la ley. Entre las facultades otorgadas para cumplir la norma está de implementar un plan de equipamiento de las distintas áreas relacionadas a la seguridad pública; reestructurar el esquema vigente de los suplementos salariales de las fuerzas de seguridad, priorizando a las áreas operativas; programa tendiente a la construcción y/o refacción de inmuebles destinados a los órganos que integran el sistema de seguridad pública provincial, que incluya la participación de los gobiernos locales como actores centrales en la articulación de las necesidades; construir uno o más complejos penitenciarios de alta seguridad para alojar a tres mil personas; así como rediseñar el sistema de comisarías en las grandes ciudades de la provincia, reemplazando a dichas unidades de organización por un esquema que garantice un mayor despliegue policial en el territorio y fortalezca las tareas operativas, construyendo la obra pública necesaria para Implementar el mismo. También habilita a tener un programa tendiente a la construcción y/o refacción de espacios de contención o alojamiento de personas víctimas de situaciones violentas, así como disponer la convocatoria al servicio activo del personal de las fuerzas de seguridad en situación de retiro.

* Ley 14.238: declara hasta el 31 de diciembre de 2024 en estado de emergencia hídrica y zona de desastre a la totalidad del territorio provincial. El fin es agilizar y facilitar la concreción de obras, construcciones, utilización de predios particulares, y todo tipo de trabajos públicos que tengan como fin aliviar y mitigar los efectos y daños provocados por los excesos hídricos en todo el territorio de las mencionadas cuencas.

* Ley 14.239: Adhesión provincial a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley Nacional N° 23.737, y consecuentemente asume su competencia para investigar y sancionar los delitos de narcomenudeo. En el artículo 2 se indica que el Poder Ejecutivo Provincial requerirá las transferencias de los créditos presupuestarios de la Administración Pública Nacional, Ministerio Público y Poder Judicial de la Nación, correspondientes a fuerzas de seguridad, servicio penitenciario y prestación de justicia, de acuerdo a lo previsto por el artículo 5 de la Ley Nacional N° 26.052. "Hasta tanto se efectivicen las transferencias de los créditos enunciados precedentemente, el Poder Ejecutivo Provincial efectuará las adecuaciones presupuestarias necesarias a los fines de la implementación de las disposiciones de la presente Ley".

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Protección Civil

El gobernador Maximiliano Pullaro encabezó la primera reunión de la Junta Provincial de Protección Civil, con el propósito de continuar avanzando en acciones para mitigar las consecuencias de la emergencia hídrica, junto a las áreas de Justicia y Seguridad, Salud, Educación, Economía, y Ambiente y Cambio Climático.

El secretario de Protección Civil y Gestión de Riesgo, Marcos Escajadillo, pidió tranquilidad a los vecinos de la provincia ya "que su gobierno está trabajando para tener una respuesta adecuada ante los efectos del fenómeno del Niño", para pedir extremar medidas de precaución y prevención cuando hay alerta meteorológica.

En el marco de la declaración de Emergencia Hídrica Provincial, Pullaro dispuso la creación de la Junta Provincial de Protección Civil y del Comité Operativo Interministerial de la Emergencia. Los equipos técnicos de la Secretaría coordinan la atención y respuesta con las Juntas Locales, y evalúan daños y necesidades.

Fuente: EL

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