Media sanción de la Cámara de Diputados: Santa Fe incluye al vapeo en los alcances de las restricciones y control del tabaquismo
Vapear es tóxico y nocivo, advirtió Sonia Martorano. Fue modificada la Ley 12.432 que lleva veinte años de vigencia en la provincia, pionera en este tipo de políticas sanitarias.
La Cámara de Diputados avanzó en la inclusión del vapeo en el programa de control del tabaquismo al igualar las restricciones de prácticas en lugares cerrados, en publicidad y promoción de eventos y en venta a menores, entre otras medidas.
Con un solo voto de rechazo y aval de los 39 restantes legisladores presentes, la Cámara Baja envió en revisión al Senado cambios en 10 de los 15 artículos que tiene la Ley 12.432 sancionada en junio del 2005, norma pionera en -por ejemplo- la prohibición de fumar en lugares públicos cerrados, entre otras medidas.
En este caso, la Cámara avanzó en el tratamiento del tema donde confluyeron dos proyectos de la ex ministra de Salud y hoy diputada justicialista, Sonia Martorano, y otro de Edgardo Porfiri (Unidad por Santa Fe). Fue Martorano quien en el recinto apuntó contra los efectos perjudiciales para la salud que tiene el vapeo, práctica especialmente llevada adelante por adolescentes. Luego, la socialista Varinia Drisun aportó algunos datos estadísticos sobre la práctica.
"Vapear es tóxico, nocivo" recalcó la ex ministra con ejemplos de epidemias ocurridas ya en Estados Unidos como consecuencia de ese accionar, pero además dijo que la práctica ha cobrado masividad en los adolescentes que se reúnen para practicarla. Destacó que ANMAT no tiene autorizado los cigarrillos electrónicos.
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"Estos dispositivos electrónicos representan una amenaza para la salud, existe suficiente evidencia científica que demuestra los daños pulmonares, neurológicos y cardiovasculares que genera su consumo, sumado que se comportan como una puerta de entrada para el cigarrillo tradicional, y algunos afirman que hasta otras sustancias adictivas", señaló la legisladora.
"Persiste la creencia errónea de que su consumo es inofensivo, lo que ha provocado un uso generalizado, incluso entre menores de edad. Además, la ausencia de controles de calidad representa un riesgo adicional, ya que puede haber exposición a sustancias nocivas no declaradas", agregó.
Advertencia
En un reciente comunicado la Sociedad Argentina de Pediatría advirtió sobre los riesgos del uso de cigarrillos electrónicos en adolescentes y su exposición a sustancias tóxicas y a un alto riesgo de adicción.
Organismos internacionales como la OMS y la OPS han advertido sobre las consecuencias e impacto negativos de estos dispositivos sobre la salud, generando daño no solo en el consumo agudo, sino a también a largo plazo.
La provincia de Santa Fe tuvo su ley con restricción de tabaquismo en lugares cerrados muchos antes que Nación. Antes, en 1992 tuvo la ley que prohibió el consumo de cigarrillo en oficinas públicas de los tres poderes del Estado. Otra norma pionera en el país, iniciativa de la entonces diputada radical Sara Picasso.
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La nueva redacción de la Ley 12.432 dispone la creación del plan de Prevención y Control del Hábito de Fumar y Vapear en el ámbito del Ministerio de Salud, cuyas acciones están destinadas a la prevención, primaria y secundaria, del hábito de fumar y vapear.
Se dispone que dicho plan tiene el objeto de disminuir, en la población, la morbimortalidad causada por: a) el consumo activo y pasivo de los productos hechos con tabaco a través de la acción de fumar; b) los dispositivos electrónicos para fumar o inhalar aerosoles con o sin nicotina, llamados cigarrillos electrónicos; y, c) los productos de tabaco calentado, los cuales consisten en una barra de tabaco y un dispositivo de calentamiento de tabaco alimentado por batería, siendo sus normas de orden público.
La prohibición aprobado alcanza a los productos hechos con tabaco que se destinen al consumo humano a través de la acción de fumar; los dispositivos electrónicos para fumar o inhalar aerosoles con o sin nicotina, llamados cigarrillos electrónicos; los productos de tabaco calentado, los cuales consisten en una barra de tabaco y un dispositivo de calentamiento de tabaco alimentado por batería.
En los siguientes artículos, se incluye al vapeo en todas las restricciones que tiene el cigarrillo, es decir publicidad en medios de comunicación, vía pública, auspicio de eventos deportivos o culturales, etc

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