¿Bares hasta las 12 de la noche y reuniones sociales de hasta 10 personas? Las habilitaciones que se aproximan
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Este viernes vencen las restricciones vigentes en el marco de la pandemia. Al mismo tiempo, Santa Fe pasará de alerta a alto riesgo epidemiológico, por lo que se analizan nuevas habilitaciones. ¿Cuáles son?
Este viernes, 23 de julio, vencen el decreto provincial firmado por Perotti el pasado 9 de julio que establecen las restricciones actuales en el marco de la pandemia de coronavirus. A nivel nacional, ya se dispuso flexibilizar varias actividades en las zonas calificadas de alto riesgo habilitando reuniones sociales, espectáculos artísticos, viajes grupales, incluyendo apertura de bingos y casinos.
En ese marco, Pusineri indicó que “Nación habilita a que en las provincias puedan tomar determinadas medidas” y agregó que “se analiza habilitar la práctica de deportes colectivos, incrementar los aforos en determinados espacios y flexibilizar la restricción a la circulación nocturna”.
Aunque falta la decisión oficial del gobernador de la provincia, altas fuentes oficiales dejaron entrever que las flexibilizaciones se ampliarán a partir de mañana. Además, esta mañana adelantaron que la comunicación del decreto con nuevas medidas de convivencia será definida por la tarde desde Casa de Gobierno.
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¿Qué nuevas actividades se habilitan o amplían en las zonas de alto riesgo?
Según la medida a nivel nacional, a la probablemente adhiera la provincia de Santa Fe, en «los lugares considerados como de Alto Riesgo Epidemiológico y Sanitario que presenten una razón de casos menor a 1,2» se autorizan los siguientes parámetros:
- Desarrollo de reuniones sociales en domicilios particulares de hasta 10 personas.
- Desarrollo de reuniones sociales en espacios públicos de hasta 50 personas.
- Práctica recreativa de deportes en establecimientos cerrados, con un aforo del 50%.
- Actividades de casinos y bingos, con un aforo del 50 %, adoptando los protocolos de cuidados respectivos.
- La realización de todo tipo de eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos en lugares cerrados, con un aforo del 50 %.
- Cines, teatros, clubes, gimnasios, centros culturales y otros establecimientos afines, con un aforo del 50 %, adoptando los protocolos de cuidados respectivos.
- Locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.) hasta las cero horas, salvo en la modalidad de reparto a domicilio; y también en la modalidad de retiro, con un aforo del 50 %.
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Viajes
También se autorizarían los viajes en grupos de hasta 10 personas para actividades recreativas, sociales y comerciales, en tanto se verifiquen las siguientes condiciones:
a) Que tengan como ciudad de origen y destino localidades que no sean consideradas en situación de alarma epidemiológica y sanitaria.
b) Que se originen y finalicen en terminales de ómnibus debidamente habilitadas.
c) Que no se trate de viajes de egresados y egresadas y jubilados y jubiladas.
d) Que no incluyan pasajeros o pasajeras que hayan estado en el exterior durante los últimos 14 días o sean convivientes de quien revista tal condición.
e) Que los pasajeros o las pasajeras no hayan sido contacto estrecho de un caso confirmado de Covid-19 durante los 14 días previos al viaje, ni hayan tenido un diagnóstico positivo de Covid-19 en el mismo período.

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