Un verdulero fue condenado por difundir material pornográfico editado con rostros de mujeres de un pueblo santafesino
La Justicia santafesina impuso una multa y una reparación económica a Luciano Larrabeitía, acusado de crear material sexual falso con la cara de más de veinte vecinas; las víctimas expresaron el daño en la audiencia.
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En una causa que conmovió a la pequeña comunidad de San Jerónimo Sud, la Justicia condenó a un hombre por la difusión de material pornográfico manipulado digitalmente con los rostros de mujeres del pueblo. El imputado, identificado como Luciano Larrabeitía (51), dueño de una verdulería local, admitió su responsabilidad, pidió perdón ante las víctimas y deberá afrontar una multa y el pago de una indemnización colectiva.
El hallazgo y la pesquisa
El escándalo estalló en 2023, cuando más de veinte mujeres de este pueblo de poco menos de 3.000 habitantes comenzaron a detectar en redes sociales y chats la circulación de videos y fotos en los que sus rostros habían sido montados sobre contenidos explícitos. La conmoción comunitaria fue inmediata: en un ámbito donde casi todos se conocen, el daño psicológico y social fue profundo, señalaron varias denunciantes.
La investigación judicial se orientó hacia la hipótesis de que se trataba de material editado y distribuido a través de un grupo de mensajería. Los equipos periciales y la Fiscalía remontaron los rastros hasta dar con antecedentes vinculados al imputado: en 2015 ya había sido señalado por la circulación de pornografía infantil desde una dirección IP asociada a su domicilio, según consignó el fiscal que impulsó la pesquisa.
Un allanamiento al local y a la vivienda de Larrabeitía permitió secuestrar varios dispositivos —teléfonos, pendrives, una notebook, CDs y una cámara— donde los peritos localizaron archivos “en crudo” que habrían sido la base para las ediciones con inteligencia artificial y montaje sobre rostros de vecinas.
La sentencia y la respuesta judicial
En la audiencia celebrada este miércoles en los Tribunales de San Lorenzo, la jueza Griselda Strologo afirmó que la conducta se encuadra en delitos vinculados a la afectación de las víctimas por la generación de “imágenes irreales” y aplicó la sanción máxima prevista en el marco de la figura por la que fue juzgado: una multa de $20.000 y la obligación de abonar $800.000 en concepto de reparación para las querellantes.
En su pronunciamiento, la magistrada destacó la importancia del mecanismo de audiencia en la provincia: “Esto es importante porque equipara derechos. Las propias víctimas pueden escuchar y no sólo ser escuchadas por el tribunal y acceder a la Justicia”, dijo, y subrayó el valor de que el imputado pueda “internalizar la condena y la conducta que tuvo”.
Voces desde la audiencia
Al momento de enfrentar a las mujeres afectadas, Larrabeitía pidió perdón: “Les pido disculpas aunque sea tarde y no sirva de nada ahora. No pude darme cuenta entonces del daño que estaba causando. Puedo darme cuenta hoy, después de mucho tiempo de tratamiento psicológico y psiquiátrico, de la gravedad de los hechos. Les pido disculpas a las que están presentes, a las que no y a los que se vieron afectados por lo que pasó. Por supuesto que es algo que nunca más voy a volver a hacer y me avergüenzo de haberlo hecho”, afirmó.
Algunas de las víctimas hicieron uso de la palabra en la audiencia y relataron el dolor, la humillación y las consecuencias sociales que provocó la difusión del material en un pueblo pequeño: el señalamiento público, el estigma, la desconfianza y el impacto sobre familias enteras. Varios testimonios señalaron además que parte del material utilizaba imágenes antiguas, incluso de cuando algunas mujeres eran menores, hecho que agravó la gravedad de la situación.
La Red Federal de psicólogas y psicoanalistas, que en casos similares suele acompañar a las denunciantes, había alertado sobre la naturalización de prácticas de violencia digital en ámbitos académicos y comunitarios y sobre la necesidad de traer estos hechos al fuero penal.
Repercusiones y cierre
La condena se inscribe en un contexto de creciente atención sobre los delitos digitales que utilizan herramientas de inteligencia artificial para crear “deepfakes” y material sexual falso. Para la jueza Strologo, permitir que el condenado escuche el impacto directo en sus víctimas forma parte de un proceso reparatorio y pedagógico: “Es importante que pueda escuchar de propia mano el dolor y los traumas que les causó a las propias víctimas”, concluyó.
Con la sentencia, las afectadas obtienen una reparación económica y, según se indicó, la posibilidad de continuar con medidas de acompañamiento psicológico y acciones civiles adicionales si así lo decidieran. En tanto, la causa dejó en evidencia la necesidad de fortalecer mecanismos locales de prevención, denuncia y asistencia frente a la violencia digital en comunidades pequeñas.

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