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POLICIALES

Revocaron la prisión preventiva al “Zurdo” Stefano investigado por el crimen en barrio Sarmiento

Juez Cristian Fiz resolvió otorgar medidas alternativas al sujeto detenido. Sin embargo, el imputado permanece cumpliendo una condena previa en prisión.

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En la mañana de este lunes, se llevó a cabo virtualmente una audiencia de apelaciones en la que la defensa del conocido como “Zurdo” Stefano, Dra. Georgina Allasia, solicitó que sea revocada la prisión preventiva en el marco de la investigación del homicidio de Brian Sosa.

Cabe recordar que el crimen investigado tuvo lugar el pasado 10 de febrero de 2024 por la madrugada. El hecho ocurrió en un bar que se encuentra ubicado sobre calle Francia, en barrio Sarmiento. Esa madrugada, el mencionado Brian Sosa recibió una puñalada que le costó la vida. Stefano es actualmente el principal sospechoso del hecho, según lo indicado por Fiscalía.

Los argumentos de la defensa

La Dra. Georgina Allasia sostuvo en la audiencia de apelación que los rastrillajes en el bar mencionado tuvieron resultados negativos, ya que nunca fue encontrada la cuchilla indicada como arma homicida. Agregó que, de las múltiples entrevistas realizadas en el marco de la investigación, nadie observó a su defendido con el arma mencionada.

Paralelamente, la abogada añadió que la Fiscalía cuenta solo con un testimonio, correspondiente el del hermano de la víctima. Esta misma persona, en una primera ocasión, dijo que no podía precisar quién sería el autor del hecho porque había poca luz en el lugar. A continuación, en una segunda entrevista, agregó numerosos detalles que no había mencionado en una primera instancia.

Allasia sostuvo que esas circunstancias, sumado a otros elementos externos que debieron ser tenidos en cuenta para la credibilidad, harían un poco inverosímil el testimonio del hermano de la víctima. En ese sentido, reiteró que la única evidencia del legajo de investigación fiscal para sostener la autoría del “Zurdo” Stefano es el testimonio del hermano de Brian Sosa, con todos los cuestionamientos realizados.

Atento a la falta de evidencias y de argumentos, la Dra. Georgina Allasia agregó que hay inexistencias de riesgos para el proceso y sostuvo que tampoco había entorpecimiento probatorio. Indicó que no hubo manifestaciones de hay temor de los testigos ni declaraciones en contra del detenido.

Por todo ello, entendió que no habría elementos para que el juez entienda por acreditada la autoría. Solicitó que se disponga la libertad del defendido dando lugar a medidas alternativas.

La resolución del juez de segunda instancia Cristian Fiz

El juez de la audiencia indicó, en primer lugar, que su decisión es provisional, dada la etapa transitada en el marco de la investigación. Además, sostuvo que no hay dudas en ninguna de las partes sobre el fallecimiento de la víctima, que fue como consecuencia de una herida de arma blanca mortal.

Hechas esas aclaraciones, comentó que entiende que no existirían elementos contundentes, más allá del testimonio del hermano de la víctima, para sostener la intervención del imputado. El testimonio no resulta coincidente con el resto de las declaraciones de las personas que se encontraban en el lugar.

Si bien, este testimonio no puede ser desvirtuado, el Juez Fiz sostuvo que no permite acercarse a la probabilidad que exige la ley procesal. En ese sentido, reiteró que existen diversos elementos que contradicen dicho testimonio y que en nada colaboran para sostenerlo.

Además, agregó que el imputado “Zurdo” Stefano se encuentra privado de la libertad por otra causa, por lo que no existirían condiciones que le impidieran al Fiscal Castellano seguir recabando información para la causa.

Con todo ello, el Juez Cristian Fiz entendió que corresponde revocar la medida oportunamente dispuesta por el Dr. Bumaguín y disponer el otorgamiento de medidas alternativas. Se da la particularidad de que Stéfano se encuentra cumpliendo condena por un hecho anterior por lo que, en caso de que el detenido recupere su libertad en la otra causa, entrarían a regir las medidas ofrecidas por la defensa. De esa forma, quedó revocada la medida del juez de primera instancia.

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