Pornografía infantil: Ordenaron la prisión preventiva de cuatro hombres
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Los cuatro imputados fueron identificados con las iniciales L.A.G, C.E.A, M.E.E y G.F.A y contaban con experiencia informática en el tema. La medida cautelar fue dispuesta por la jueza Chiabrera a raíz del pedido formulado por la fiscal Alejandra Raigal. (Foto ilustrativa)
La fiscalía de Rosario informó que el día jueves 10 de junio de 2021, mediante videoconferecia, se llevó adelante audiencia imputativa a L.A.G., C.E.A, M.E.E y G.F.A. por los delitos de Facilitamiento de pornografía infantil agravado por tratarse de representaciones de niños menores de 13 años y Tenencia de pornografía infantil con fines inequívocos de distribución agravada por ser dichas representaciones de menores de 13 años en calidad de autor, en concurso real, y como hechos consumados.
Delitos contra la integridad sexual de menores
La Fiscal Dra. Alejandra Raigal de la Unidad de Delitos Contra la Integridad Sexual les atribuyó:
-a L.A.G tener en su poder material de explotación sexual infantil con fines inequívocos de distribución, y haber facilitado 305 archivos de explotación sexual infantil, consistiendo su accionar en descargar dichos archivos a través de una red P2P, cuya sesión se encuentra identificada, y haberlos puesto a disposición para ser descargados a traves de la misma red en la carpeta servidor del Software Emule en reiteradas oportunidades. Hechos ocurridos desde el 15/08/2019 al 13/02/2021, desde distintas ip que fueron asignadas a su domicilio de calle Güemes al 2400 de Rosario.
-a C.E.A tener en su poder material de explotación sexual infantil con fines inequívocos de distribución, y haber facilitado 103 archivos de explotación sexual infantil, consistiendo su accionar en descargar dichos archivos a través de una red P2P, cuya sesión se encuentra identificada y haberlos puesto a disposición para ser descargados a través de la misma red en la carpeta servidor de la aplicación en reiteradas oportunidades. Hechos ocurridos desde el 27 de enero año 2014 hasta el 1 de enero de 2021, desde distintas ip que fueron asignadas a su domicilio de calle Cordiviola al 900 de Rosario.
-a M.E.E. tener en su poder material de explotación sexual infantil con fines inequívocos de distribución, y haber facilitado 96 archivos de explotación sexual infantil, consistiendo su accionar en descargar dichos archivos a través de una red P2P, cuya sesión se encuentra identificada y haberlos puesto a disposición para ser descargados a traves de la misma red en la carpeta servidor del Software Emule. Hechos ocurridos en reiteradas oportunidades. Hechos ocurridos desde 28/04/2020 al 28/02/2021, desde distintas ip que fueron asignadas a su domicilio de calle Mitre al 1600 de Rosario.
-a G.F.A tener en su poder material de explotación sexual infantil con fines inequívocos de distribución, y haber facilitado 304 archivos de explotación sexual infantil, consistiendo su accionar en descargar dichos archivos a través de una red P2P, cuya sesión se encuentra identificada y haberlos puesto a disposición para ser descargados a través de la misma red en la carpeta servidor del Software Emule en reiteradas oportunidades. Hechos ocurridos desde el 14/02/2020 al 03/03/2021, desde distintas ip que fueron asignadas a su domicilio de calle Pje. Masson al 3100 de Rosario.
Raigal indicó que "Los 4 imputados contaban con experticia informática para poder acceder a dicho material para posteriormente compartirlo y difundirlo".
Prisión preventiva por 90 días
La Jueza de Primera Instancia Dra. Chiabrera tuvo por formalizada la audiencia imputativa y dictó prisión preventiva efectiva para C.E.A, G.F.A., L.A.G. por el plazo de 90 días, y la libertad para M.E.E. hizo lugar al acuerdo de partes propuesto por Fiscalia y aceptado por la defensa otorgando la libertad con las siguientes restricciones; a) firma semanal ante la OGJ, b) fijar domicilio, c) prohibición de acceso a ninguna red social, ni su utilización, d) prohibición de salida del país, e) tener como garante a un familiar. Todas las reglas de conducta serán por un plazo de 90 días.

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