Por razones de salud, concedieron la prisión domiciliaria a un condenado por prácticas abortivas alojado en Alcaidía
El juez Nicolás Stegmayer aceptó el planteo de la defensa y autorizó que Luis Carlos Cavaile, mayor de 70 años, cumpla su condena en su domicilio debido a patologías que no podían ser atendidas en Alcaidía.
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La Justicia de Rafaela otorgó la prisión domiciliaria a Luis Carlos Cavaile, condenado por prácticas abortivas, tras analizar un pedido presentado por su defensor, el abogado Carlos Farías Demalde. Argumentó que el estado de salud del imputado hacía inviable su permanencia en la Alcaidía.
Una audiencia marcada por los informes médicos
La audiencia estuvo presidida por el juez penal Nicolás Stegmayer. Allí, la defensa detalló que Cavaile, de más de 70 años, padece una enfermedad degenerativa en la columna y otras afecciones que requieren controles médicos frecuentes, una medicación específica y condiciones de tratamiento que —según planteó el abogado— no pueden garantizarse dentro del establecimiento penitenciario. Farías Demalde sostuvo que mantenerlo alojado en prisión “supondría un deterioro irreversible”.
El fiscal Martín Castellano intervino señalando que la prisión domiciliaria no es un beneficio automático para personas de edad avanzada. Sin embargo, reconoció que en este caso existían particularidades que ameritaban un análisis individual, especialmente por la situación sanitaria expuesta.
La resolución judicial
Tras un cuarto intermedio, el juez Stegmayer resolvió conceder la medida. Consideró como factores determinantes la edad del imputado, las patologías acreditadas y las limitaciones del sistema carcelario para asegurar un tratamiento adecuado. Ordenó que Cavaile cumpla la condena en su domicilio en Rafaela, con controles periódicos y un monitoreo semanal destinado a verificar el cumplimiento de las condiciones impuestas. También dispuso que la víctima sea notificada conforme a la normativa vigente. La decisión se enmarca en una causa que lleva más de una década en el ámbito judicial.

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