La Justicia revirtió el sobreseimiento de los dueños de Grido por presunta asociación ilícita fiscal
La Cámara Federal de Casación Penal dio un giro inesperado al tema “Grido”: este jueves 24 de julio anuló el sobreseimiento otorgado a los propietarios de Helacor S.A. (la empresa matriz de la famosa cadena de heladerías), ordenando que se realice un juicio oral por presunta asociación ilícita fiscal
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Según la acusación, entre 2007 y 2012 los hermanos Santiago –Oscar Lucas, Lucas y Sebastián– habrían diseñado una estructura para evadir impuestos a gran escala. Bajo el modus operandi conocido como "operaciones W", crearon franquicias a nombre de figuras de confianza y facturaban sólo el 10 % del valor real, eludiendo el pago del IVA
En agosto de 2023, el Tribunal Oral Federal 2 de Córdoba había decidido el sobreseimiento, argumentando que la Ley de Blanqueo (27.743) y su decreto reglamentario 608/2024 –bajo la filosofía de la "ley penal más benigna"– cubrían incluso delitos de asociación ilícita fiscal . Pero ese criterio fue revertido: los jueces Hornos y Carbajo consideraron que esa ley no prevé la extinción de esa figura penal, ya que su daño es "indeterminado" y no puede cancelarse con un pago económico .
El voto en contra (del juez Barroetaveña) sostenía que el blanqueo debe interpretarse amplias e integralmente, buscando la "paz social" y la recaudación fiscal.
Como consecuencia, la causa vuelve al Tribunal Oral para iniciar el juicio oral contra los dueños de Grido. Podrán, como último recurso, llevar el caso a la Corte Suprema

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