Dos hombres fueron condenados por explotar a peones rurales en condiciones "infrahumanas" en el Departamento Colón
“Páguenme lo que me deben y me voy”, le dijo el muchacho. “¿Vos querés cobrar?”, le preguntó el capataz, y lo atacó con un tronco.
Personal de Prefectura Naval Argentina confirmó que la explotación forestal donde el joven trabajaba se encontraba en Ubajay, Colonia Mabragaña (Entre Ríos). Había sido llevado al lugar por L.A.M. y fue alojado en un edificio abandonado durante el tiempo que trabajó allí. Además, observaron que había más personas trabajando en el lugar, sin agua, sin luz, sin condiciones de higiene y seguridad mínimas.
La Unidad Fiscal de Asistencia en Secuestros Extorsivos y Trata de Personas (UFASE), llevó las actuaciones ante el Juzgado Federal de Concepción del Uruguay, que ordenó el allanamiento al lugar administrado por L.A.M.
Condiciones "infrahumanas"
El 12 de noviembre de 2012, los uniformados llegaron al campo ubicado a unos cinco kilómetros de la Ruta Nacional 14, en el paraje denominado Humaita.
Los prefectos, junto al personal de la Oficina de Rescate de las Víctimas de Trata, constataron la explotación de eucaliptos y halló a nueve personas, víctimas de explotación laboral, una de ellas de 17 años. Además, se identificó la vivienda donde residían (una ex comisaría abandonada), como así sus deplorables condiciones de habitabilidad e higiene: sin puertas ni ventanas, con techos semidestruídos, sin sanitarios, agua potable y electricidad.
Un testigo del procedimiento describió que el lugar carecía de condiciones mínimas de habitabilidad y de refugio contra las inclemencias climáticas. No tenían baños, ni sanitarios, y hacían sus necesidades en el monte. No tenían agua potable para su alimentación e higiene. No tenían luz eléctrica, por lo que no había forma de refrigerar y conservar los alimentos. No tenían cocina y debían preparar su comida (que el patrón les descontaba de la paga) a la intemperie, con leña. Mucho menos fueron provistos de ropa de trabajo ni se les suministraron elementos de seguridad, por lo que se encontraban sumamente expuestos a los riesgos por las tareas peligrosas que desarrollaban.
Sentencia
Ocho años y medio después llegó la instancia de juicio, donde los explotadores prefirieron acordar una sanción con la Fiscalía antes de ir a un debate. El acuerdo entre el fiscal general adjunto, Leandro Ardoy, consistió en cuatro años de prisión para el primero y cuatro años y seis meses para el segundo.
Sin embargo, tras el análisis del caso, la jueza del Tribunal Oral Federal de Paraná, Noemí Berros, terminó condenando a ambos a cuatro años de encierro por el delito de Trata de personas mayores de 18 años con fines de explotación laboral, en la modalidad de acogimiento, mediando abuso de la situación de vulnerabilidad y agravado por el número de víctimas.
Además, homologó la modalidad de prisión domiciliaria del cumplimiento de las penas y las autorizaciones para salir a ir trabajar.
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