Confirmaron la condena a Iván Belizán por el homicidio de Julio Funes, pero redujeron la pena
La Cámara de segunda instancia ratificó por unanimidad la responsabilidad penal de Iván Alejandro Belizán por el homicidio de Julio Ramón Funes y delitos contra la integridad sexual cometidos en perjuicio de una niña. Sin embargo, hizo lugar parcialmente a un planteo de la Defensa y redujo la pena de 28 a 21 años de prisión efectiva.
:format(webp):quality(75)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/11/homicidio_de_julio_funes_2.webp)
Un tribunal de segunda instancia confirmó la condena impuesta a Iván Alejandro Belizán por el homicidio de Julio Ramón Funes, ocurrido en Rafaela, y por delitos contra la integridad sexual cometidos contra una niña. No obstante, los camaristas resolvieron reducir la pena de 28 a 21 años de prisión de cumplimiento efectivo.
La decisión fue adoptada por unanimidad por los jueces Sergio Enrique Alvira, Matías Drivet y Roberto Ernesto Prieu Mántaras. La sentencia de primera instancia había sido dictada el 29 de abril de 2025, tras un juicio oral y público realizado en los tribunales de Rafaela.
La investigación estuvo a cargo del fiscal Martín Castellano, quien también representó al Ministerio Público de la Acusación (MPA) en las distintas instancias procesales.
Confirmaron la responsabilidad penal, pero redujeron la pena
El fiscal Castellano valoró que los camaristas rechazaran los cuestionamientos de la Defensa respecto de la valoración de las pruebas y la responsabilidad penal del condenado.
Según explicó, los jueces consideraron que el tribunal de juicio había realizado un análisis integral, lógico y razonado de las evidencias presentadas durante el debate. También sostuvieron que la responsabilidad de Belizán estaba suficientemente acreditada a partir de elementos testimoniales, documentales y objetivos.
De esta manera, la Cámara confirmó la materialidad de los hechos, las calificaciones legales y la responsabilidad penal del condenado, tal como habían sido establecidas en primera instancia. Sin embargo, los magistrados hicieron lugar parcialmente a un recurso de la Defensa en relación con el monto de la pena, que pasó de 28 a 21 años de prisión efectiva.
:format(webp):quality(60)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/11/homicidio_de_julio_funes_1.webp)
Castellano indicó que, para resolver la reducción, los camaristas consideraron que correspondía otorgar mayor relevancia a determinadas circunstancias personales de Belizán, particularmente sus condiciones de vulnerabilidad y los padecimientos extraordinarios que atravesó durante su privación de libertad.
El fiscal aclaró que la modificación de la pena no altera la responsabilidad penal ni la gravedad de los delitos acreditados, sino que responde a una nueva valoración de las circunstancias consideradas para determinar la sanción.
El homicidio de Julio Funes
Castellano recordó que el homicidio ocurrió en marzo de 2020, luego de una discusión entre Belizán y Julio Ramón Funes en una vivienda ubicada en calle Soldano al 1300. De acuerdo con lo expuesto por el fiscal, el condenado golpeó a la víctima en la cabeza con una pala de hierro.
:format(webp):quality(60)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/11/homicidio_de_julio_funes.webp)
“Belizán actuó con clara intención y voluntad de causar la muerte de Funes en virtud del conocimiento que tenía de la lesividad del elemento que eligió para atacarlo”, sostuvo Castellano.
Luego del homicidio, Belizán trasladó el cuerpo a un galpón ubicado en el fondo de la vivienda y le prendió fuego, con la intención de eliminar evidencias, según la reconstrucción presentada por la Fiscalía durante el juicio.
Los delitos contra la integridad sexual
La condena también comprende delitos contra la integridad sexual cometidos de manera reiterada contra una niña de su entorno familiar.
Según la investigación, los abusos ocurrieron entre 2008 y 2016, cuando la víctima transitaba su escolaridad primaria. Los hechos se produjeron en la vivienda que la niña compartía con su madre y, posteriormente, en el domicilio del condenado, ambos en Rafaela.
El fiscal señaló que los actos cometidos contra la niña tuvieron entidad suficiente para vulnerar el desarrollo libre y progresivo de su sexualidad. Además, indicó que Belizán la intimidaba diciéndole que, si contaba lo ocurrido, no le creerían y la tratarían de mentirosa.
Las calificaciones penales
Belizán fue condenado como autor del homicidio doloso de Julio Ramón Funes. La pena también comprende los delitos de abuso sexual, abuso sexual agravado por haber mediado acceso carnal a una menor de 13 años y por el uso coactivo reiterado, y promoción de la corrupción de menores.
La resolución de segunda instancia confirmó las calificaciones legales y la responsabilidad penal, aunque estableció una reducción en el tiempo de prisión que deberá cumplir.

Para comentar, debés estar registradoPor favor, iniciá sesión