Comenzó en Santa Fe el juicio por presunta explotación laboral de trabajadores chaqueños en un campo de frutillas
Franco Augusto Poccia está acusado de trata de personas con fines de explotación laboral agravada por hechos ocurridos en 2025 en Arroyo Leyes. La Fiscalía sostiene que al menos 20 trabajadores fueron sometidos a extensas jornadas, condiciones habitacionales precarias y descuentos sobre sus ingresos. La defensa rechazó la acusación y pidió la absolución.
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El Tribunal Oral Federal de Santa Fe comenzó este miércoles el juicio oral y público contra el productor agropecuario Franco Augusto Poccia, acusado de trata de personas con fines de explotación laboral agravada por hechos ocurridos en un establecimiento de Arroyo Leyes.
El debate comenzó a las 9:30 y se estima que se extenderá durante dos o tres meses, con unas 20 audiencias previstas. El tribunal está integrado por los jueces Germán Sutter Schneider, Ricardo Moisés Vázquez y José María Escobar Cello, mientras que Emilio Rosatti actúa como magistrado suplente.
Por el Ministerio Público Fiscal intervienen Milagros Traverso y Roberto Salum, de la Unidad de Delitos Complejos de Santa Fe. También participa como querellante el abogado Gustavo Adolfo Vargas, en representación de tres de los trabajadores que denunciaron los hechos.
La acusación por la temporada de 2025
Durante el alegato de apertura, la fiscal Traverso ubicó los hechos investigados entre el 15 de abril y el 1 de octubre de 2025, período en el que al menos 20 personas habrían trabajado para Poccia en un predio situado a la altura del kilómetro 17,5 de la Ruta Provincial N.º 1 y calle 110, en Arroyo Leyes.
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Según la hipótesis de la Fiscalía, los trabajadores fueron captados, trasladados y alojados en el establecimiento para desarrollar tareas vinculadas con la producción de frutillas. La mayoría provenía de localidades chaqueñas como San Bernardo, Villa Ángela y Coronel Du Graty, ubicadas a unos 600 kilómetros.
La acusación sostiene que los pasajes eran abonados por Poccia y que los contactos se realizaban mediante capataces oriundos de la misma región. Para el Ministerio Público, las condiciones económicas de los trabajadores y la distancia respecto de sus hogares constituían factores de vulnerabilidad relevantes para analizar el caso.
Jornadas extensas y condiciones habitacionales precarias
Traverso afirmó que los trabajadores cumplían jornadas de 12 horas o más y permanecían alojados en condiciones que, según la acusación, resultaban incompatibles con estándares mínimos de dignidad.
Durante la exposición se mostraron fotografías de los espacios utilizados para dormir, donde parte del mobiliario estaba armado con cajones empleados para la recolección de frutillas. La Fiscalía también indicó que no contaban con agua potable y que se abastecían con agua de pozo.
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El Ministerio Público diferenció esos sectores de los galpones y oficinas que funcionaban dentro del mismo establecimiento. Para la acusación, ese contraste forma parte del contexto que deberá ser evaluado por el tribunal durante el juicio.
El allanamiento y las 20 personas consideradas víctimas
La investigación derivó en un allanamiento realizado el 1 de octubre de 2025, cuando fueron encontradas 42 personas dentro del predio. Sin embargo, la Fiscalía determinó posteriormente que 20 de ellas reunían las características para ser consideradas víctimas dentro del expediente.
Traverso explicó que las situaciones eran diferentes: algunas personas trabajaban para otro empleador, otras desarrollaban tareas en el galpón de empaque y un tercer grupo no permanecía alojado dentro del establecimiento.
Del operativo participaron Gendarmería Nacional, otras fuerzas policiales, representantes de Uatre, Renatre y el Ministerio de Trabajo de la Nación. La causa había comenzado a partir de la denuncia de tres trabajadores, después de una discusión con uno de los capataces antes de que se les abonaran los pasajes para regresar a Chaco.
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La Fiscalía pedirá ocho años de prisión
El Ministerio Público adelantó que solicitará para Poccia una pena de ocho años de prisión por el delito de trata de personas con fines de servidumbre agravado.
Además, pidió el decomiso de una camioneta Volkswagen Amarok, aproximadamente $10 millones y US$4.200, junto con una reparación económica para las víctimas y el Estado estimada en $210 millones.
El querellante Gustavo Vargas adhirió a la acusación fiscal y planteó que el eje del debate será determinar si existió una simple relación laboral informal o si las condiciones alcanzaron el nivel necesario para configurar explotación laboral. También solicitó el decomiso del establecimiento donde habrían ocurrido los hechos.
La defensa negó que haya existido trata
El abogado defensor Claudio Torres del Sel rechazó la acusación y anticipó que pedirá la absolución de Poccia. Su planteo sostiene que los trabajadores temporarios se ofrecían voluntariamente para realizar tareas de temporada y que no existió una maniobra de captación engañosa.
La defensa reconoció la existencia de precariedad en los lugares de alojamiento, pero afirmó que los trabajadores podían alquilar en las inmediaciones y que ninguno fue retenido ni privado de documentación. También sostuvo que los problemas de registración corresponden al ámbito administrativo y no alcanzan, por sí solos, para configurar el delito de trata.
Torres del Sel cuestionó además la interpretación fiscal sobre las deudas y la credibilidad de los tres denunciantes. Admitió que existió una discusión con uno de los encargados y que este llegó a patear una puerta para despertar a trabajadores, pero sostuvo que ese episodio no permite acreditar una situación de explotación.
Cómo seguirá el juicio
El debate continuará el martes 18 de agosto con las declaraciones de los tres trabajadores querellantes. Los testimonios serán recibidos con intervención de un psicólogo desde una sala de los tribunales federales de Roque Sáenz Peña, en Chaco.
Luego habrá nuevas audiencias el 19, 26 y 28 de agosto, con la declaración de testigos ofrecidos por la Fiscalía. A lo largo de unas 20 jornadas, el tribunal deberá determinar si las condiciones laborales, habitacionales y económicas descriptas por la acusación configuraron efectivamente un delito de trata o si, como sostiene la defensa, se trató de irregularidades laborales sin relevancia penal.

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