La medida es por 15 días y sobrevino luego que el gremio Atilra anunciara una medida de fuerza para este viernes por el conflicto que mantiene con la cooperativa SanCor
La Secretaría de Trabajo, que depende del Ministerio de Capital Humano, dictó anoche una conciliación obligatoria y evitó por ahora un paro en toda la industria lechera. Esta decisión se anunció a pocas horas de que el sindicato Atilra iniciara una medida de fuerza para llevar su conflicto con SanCor a todas las empresas del sector, que se esperaba fuera con una “retención sorpresiva de tareas por el término de 4 horas, por turno”.
Según una disposición firmada por Mara Mentoro, a cargo de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, se tomó conocimiento de que “la Asociación de Trabajadores de la Industria Lechera de la República Argentina ha dispuesto la realización de medidas de acción directa en las empresas representadas por el Centro de la Industria Lechera y por la Asociación de Pequeñas y Medianas Empresas Lácteas, que impedirían la normal operatoria de las mismas”.
Ante esta situación, la cartera estableció un período de conciliación obligatoria por quince días, durante el cual se ordena a los trabajadores a dejar sin efecto “toda medida de acción directa que estuviesen implementando y/o tuvieran previsto implementar, prestando servicios de manera normal y habitual”. Además, se intimó a las empresas a no tomar represalias “de cualquier tipo con el personal representado por la organización sindical y/o con cualquier otra persona, en relación al diferendo aquí planteado, así como también a otorgar tareas en forma normal y habitual a su personal”.
Las partes involucradas serán convocadas a una audiencia en el marco del conflicto, subrayando la importancia de encontrar una solución consensuada. LN
¿Qué informó el gremio? El comunicado
Ante el anuncio de las medidas de acción sindical dispuestas por ATILRA a nivel nacional que involucran a toda la industria láctea, y a pedido del CIL y APYMEL, la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo del Ministerio de Capital Humano, acaba de dictar Conciliación Obligatoria, motivo por el cual y acatándola, ATILRA deja sin efecto las medidas anunciadas por el periodo conciliatorio y a resultas del mismo.
Dejamos aclarado que dicha conciliación no enerva, no impide, ni deja sin efecto el derecho establecido en el art. 1031 del CCC de la Nación, por lo que toda trabajadora o trabajador al que la patronal le adeude salarios, se encuentra facultado legalmente para retener la prestación de tareas, poniendo su fuerza de trabajo a disposición del empleador en tanto y en cuanto éste cancele la obligación de pago.
La Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo fijará la primera audiencia entre las partes.
CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL