Confirmó ARCA: En dos días se liquidaron los 7 mil millones de dólares del agro a retenciones
El comunicado de prensa se conoció entrada la noche de este miércoles. De esta manera, según anunció la entidad recaudatoria, se vuelve al esquema de exportaciones anterior.
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En apenas 48 horas, se alcanzó el cupo de 7.000 millones de dólares previstos en el esquema de retenciones cero a los granos, puntualmente a la soja.
Así lo dio a conocer la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) a través de un comunicado de prensa publicado a las 21.15 a través de las redes sociales y replicado por el vocero presidencial Manuel Adorni.
"Arca informa que se ha alcanzado la registración del cupo de siete mil millones de dólares previsto por el decreto 682/2025, por lo que se ha dado de baja la opción de registración de las Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) que se encuentren amparadas por el beneficio del citado decreto", explicaron.
"A partir de ahora, solo podrán registrarse DJVE bajo el esquema vigente anterior al decreto 682/2025", agregaron.
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Qué dice el decreto
El Decreto 682/2025 del Poder Ejecutivo Nacional de Argentina, con fecha 22 de septiembre de 2025, establece una reducción del Derecho de Exportación a CERO POR CIENTO (0%) para los granos y subproductos detallados en su Anexo.
Esta medida estaba en vigor hasta el 31 de octubre de 2025, o hasta que el valor de las Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) alcance los USD 7.000.000.000, lo que ocurra primero.
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Fundamentos
La justificación de este decreto se basa en el éxito de medidas similares implementadas previamente, que ya habían logrado aumentar los volúmenes y valores de exportación del sector agroindustrial, considerado una fuente crucial de divisas, desarrollo regional y empleo en el país.
El objetivo principal de la nueva disposición es potenciar la competitividad del sector y fomentar el crecimiento de las cadenas de valor agroindustriales.
Para poder acceder a este beneficio, los exportadores tienen la obligación de liquidar al menos el 90% de las divisas obtenidas en un plazo máximo de tres días hábiles a partir de la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE).
El incumplimiento de esta condición o la finalización del plazo establecido conlleva la obligación de pagar el derecho de exportación que regía antes de que el decreto entrara en vigor. El decreto también faculta a diversas entidades gubernamentales para emitir las normativas necesarias para su correcta implementación.
Redacción El Litoral

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