La pensión por fallecimiento está pensada para garantizar un acompañamiento económico al familiar de una jubilada o jubilado fallecido, o de una trabajadora o trabajador fallecido.
Si una persona al momento de su fallecimiento trabajaba en relación de dependencia, como autónomo o monotributista, los familiares pueden tramitarla. Al mismo tiempo, si fallece un jubilado, los familiares tienen el derecho a una pensión.
El trámite se puede hacer presencialmente o por Internet.
¿A quién está dirigido?
A cónyuge o conviviente de un jubilado o jubilada fallecida y a sus hijas/os solteros de hasta 18 años (siempre y cuando no reciban otra prestación).
Al cónyuge, conviviente o hijos menores de 18 (o sin límite de edad si son discapacitados) del trabajador o trabajadora que ha fallecido.
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¿Qué necesito?
Consultá en el sitio web de ANSES los requisitos y la documentación necesaria.
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