Vialidad: ordenan decomisar bienes de Cristina Kirchner y otros condenados
Así lo dispuso el Tribunal Oral Federal 2 (TOF) que integran Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso.
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El tribunal de la causa Vialidad solicitó este martes decomisar los bienes de la ex presidenta Cristina Kirchner, quien cumple una condena de prisión domiciliaria de seis años , junto a los de otros condenados por ese expediente.
Así lo resolvió el Tribunal Oral Federal 2 (TOF) que integran Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso.vuVUqA.
La sentencia —firme desde el 10 de junio de 2025— había fijado inicialmente un decomiso de $84.835.227.378,04, pero peritos oficiales, fiscales y el Cuerpo de Contadores de la Corte Suprema actualizaron esa cifra. El tribunal adoptó esa metodología y exigió el pago a los condenados, quienes no cumplieron con la intimación.
El decomiso incluye inmuebles de Austral Construcciones SA, Kank y Costilla SA, Gotti Hnos. SA y Loscalzo y Del Curto SRL, además de propiedades cedidas a los hijos de la expresidenta. También se prevé ejecutar bienes de Nelson Periotti, José López, Mauricio Collareda, Raúl Pavesi y Raúl Daruich si los activos principales no alcanzan a cubrir el monto.
Fundamentos y período investigado
El Ministerio Público Fiscal fue encargado de precisar el origen ilícito de los bienes. Según la individualización realizada, los activos fueron incorporados entre mayo de 2003 y diciembre de 2015, período considerado relevante para la maniobra de administración fraudulenta vinculada a la obra pública en Santa Cruz.
El tribunal sostuvo que la sentencia firme acreditó beneficios económicos, directos e indirectos, para Báez y la familia Kirchner derivados de adjudicaciones irregulares, y que el decomiso recae sobre bienes que constituyen instrumentos, efectos o provecho del delito, incluso si están en manos de terceros no protegidos por buena fe.
Los planteos de las defensas
Las defensas de Báez, Fernández de Kirchner, Ganora, Pavesi y los representantes de Máximo y Florencia Kirchner pidieron rechazar el decomiso. Argumentaron que no se acreditó el nexo causal entre los bienes y el delito, que la prueba era insuficiente y que la decisión vulneraba principios constitucionales. También objetaron que se incluyeran bienes adquiridos antes del ejercicio de cargos públicos o ya investigados en otras causas con sobreseimientos firmes.
Normativa internacional y destino de los bienes
La resolución se apoya en la Convención de la ONU contra la Corrupción, la Convención Interamericana contra la Corrupción y normativa local que obliga a recuperar activos provenientes de delitos contra la administración pública. Se admite el decomiso incluso cuando los bienes hayan sido transformados, sustituidos o mezclados con recursos lícitos, siempre que exista una vinculación razonable.
Los bienes serán inscriptos en la Base General de Datos de Bienes Secuestrados y Comisados, mientras que la Corte Suprema definirá su destino final. El tribunal remarcó que la prioridad es la reparación del daño causado al Estado y a la sociedad.
La Fiscalía conserva la facultad de identificar nuevos activos susceptibles de decomiso durante la ejecución de la sentencia.

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