Vapeadores y cigarrillos electrónicos deberán advertir sobre los riesgos para la salud
El Ministerio de Salud actualizó las advertencias sanitarias para productos de tabaco y nicotina. La medida alcanza a vapeadores, cigarrillos electrónicos, dispositivos de tabaco calentado y bolsas de nicotina, y suma un chatbot de WhatsApp para consultas y denuncias.
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El Ministerio de Salud de la Nación actualizó las advertencias sanitarias que deberán figurar en los envases y piezas publicitarias de productos de tabaco y nicotina, con cambios que ahora también alcanzan a vapeadores, cigarrillos electrónicos, dispositivos de tabaco calentado y bolsas de nicotina.
La medida fue oficializada mediante la Resolución 796/2026, publicada en el Boletín Oficial, que incorporó un nuevo anexo titulado “Advertencias Sanitarias para los Productos de Tabaco y Nicotina”.
El nuevo esquema reemplaza normas anteriores que regulaban el diseño gráfico del empaquetado y extiende el plazo de implementación para que fabricantes e importadores adapten sus productos a las nuevas exigencias.
Qué productos quedan alcanzados
La actualización no solo comprende a los cigarrillos y productos de tabaco combustibles, sino también a los nuevos dispositivos de consumo de nicotina.
Entre ellos se incluyen los dispositivos cigarrillos electrónicos, los productos de tabaco calentado y las bolsas de nicotina, incorporados en abril al marco regulatorio nacional mediante la Resolución 549/2026.
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De esta manera, estos productos deberán cumplir con advertencias sanitarias, obligaciones de etiquetado y pautas específicas para su publicidad y promoción.
Qué advertencias deberán incluir
La normativa establece que toda publicidad o promoción de cigarrillos electrónicos, dispositivos de tabaco calentado y bolsas de nicotina deberá incluir la leyenda: “Este producto contiene nicotina altamente adictiva”.
Ese mensaje deberá aparecer en un rectángulo de fondo blanco con letras negras y ocupar el 20% de la superficie del material publicitario.
Además, la advertencia tendrá que estar presente en los puntos de venta, mediante carteles de al menos 20 centímetros de lado.
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En el caso de los productos de tabaco combustible, como los cigarrillos, la nueva regulación concentra la advertencia publicitaria en un mensaje vinculado con la diabetes: “Fumar tabaco aumenta el riesgo de diabetes / el consumo de tabaco agrava el daño vascular de la diabetes”.
Un chatbot para consultas y denuncias
Otro de los cambios incorporados por la resolución es la actualización de los canales de atención al público.
El Ministerio de Salud sumará un chatbot de WhatsApp como vía adicional para quienes busquen información sobre cesación tabáquica o necesiten realizar denuncias por incumplimiento de la normativa vigente.
Este canal se agrega a las herramientas ya existentes para consultas y orientación sobre los riesgos del consumo de tabaco y nicotina.
Prohibición de vapear en espacios libres de humo
La resolución también actualiza la cartelería en los espacios donde está prohibido fumar.
A partir de ahora, esos avisos deberán incorporar de manera expresa la prohibición de vapear y de utilizar productos de tabaco calentado en los mismos lugares donde rigen las restricciones para el cigarrillo tradicional.
Las empresas tendrán 180 días para adaptarse
La norma contempla una prórroga de 180 días para la implementación de los cambios.
El objetivo es armonizar los plazos regulatorios y permitir que fabricantes e importadores adecuen empaques, piezas publicitarias y cartelería antes de que las nuevas advertencias sean obligatorias.
Con esta actualización, el Gobierno busca ordenar el mercado de productos de tabaco y nicotina, reforzar la información sanitaria para los consumidores y ampliar las herramientas de control sobre una categoría que incluye cada vez más dispositivos alternativos al cigarrillo convencional.

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