Se prohibió una crema enjuague por contener sustancias tóxicas
ANMAT ordenó el retiro inmediato del producto “Blonde Curls – Moisturizing Silver Conditioner”, de la marca Curl Girl
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición del uso, comercialización, distribución y publicidad en todo el país del acondicionador capilar “Blonde Curls – Moisturizing Silver Conditioner”, marca Curl Girl, tras detectar irregularidades sanitarias graves y la presencia de ingredientes prohibidos por la normativa vigente.
La medida quedó formalizada mediante la Disposición 28/2026, publicada en el Boletín Oficial, y alcanza a todas las presentaciones del producto, incluidas las ofertas en plataformas de venta online.
Por qué se activó la alerta sanitaria
La investigación se inició a partir de un reporte de Cosmetovigilancia por sospecha de desvío de calidad. El producto se encontraba en circulación sin datos de lote ni fecha de vencimiento, una omisión que impide asegurar trazabilidad, seguridad y calidad.
Al analizar el rótulo, ANMAT constató que no existían registros oficiales coincidentes con lo declarado. Aunque figuraba un número de legajo de un laboratorio habilitado, el establecimiento negó haber producido unidades sin la codificación reglamentaria. Informó, además, que había elaborado un único lote (DC394) con vencimiento noviembre de 2024, debidamente identificado, lo que motivó una inspección y la profundización del caso.
Riesgo para la salud
Durante la inspección se confirmó que el lote elaborado contenía dos ingredientes no permitidos en cosméticos desde 2015: azul de metileno y violeta de genciana. Estas sustancias están prohibidas por los potenciales efectos adversos, especialmente ante aplicaciones repetidas sobre piel y cuero cabelludo.
Ante ese hallazgo, el organismo ordenó el retiro inmediato del mercado y calificó al producto como cosmético ilegítimo y potencialmente riesgoso.
Falta de inscripción y responsabilidades
Otro punto clave fue la ausencia de inscripción del producto al momento de su comercialización, requisito obligatorio previo a salir al mercado. Si bien luego se inició un trámite de registro a nombre de UKIYO S.R.L., la firma no respondió a los requerimientos oficiales para aclarar su participación en la introducción del producto, lo que reforzó la decisión sanitaria.
Qué implica la prohibición
La disposición prohíbe usar, vender, distribuir, publicitar u ofrecer el acondicionador en todo el territorio nacional. La medida fue comunicada a todas las autoridades sanitarias provinciales y de CABA para intensificar controles.
ANMAT recomendó a quienes tengan el producto suspender su uso de inmediato. En caso de presentar reacciones adversas, se aconseja consultar a un profesional de la salud y realizar la notificación por los canales oficiales de Cosmetovigilancia.

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