Reforma laboral: uno por uno, los cambios tras la media sanción en Diputados
El proyecto volvió al Senado con modificaciones clave en indemnizaciones, período de prueba, multas por empleo no registrado y aportes sindicales.
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La Cámara de Diputados otorgó media sanción al proyecto de Ley de Modernización Laboral impulsado por el Poder Ejecutivo. Tras introducir cambios sustanciales respecto del texto original, la iniciativa regresó al Senado para su tratamiento definitivo.
La votación arrojó 135 votos afirmativos y 115 negativos, sin abstenciones. Entre los puntos centrales del debate se destacaron modificaciones en el cálculo de indemnizaciones, la creación de nuevos mecanismos para afrontar despidos y cambios en el régimen de contratación.
Indemnizaciones: nueva base de cálculo
Uno de los ejes principales fue la modificación en la base de cálculo para despidos sin causa. A partir de la vigencia de la norma, se considerará únicamente la remuneración mensual, normal y habitual del trabajador. Quedaron excluidos conceptos no mensuales, como el aguinaldo y el proporcional de vacaciones.
La ley establece que la indemnización será la única reparación por la desvinculación y dispone un nuevo esquema de actualización de créditos laborales basado en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) más un interés anual del 3%.
Fondo de Asistencia Laboral y fondos de cese
El proyecto crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), financiado con aportes obligatorios de los empleadores. Las grandes empresas contribuirán con el 1% de las remuneraciones y las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs) con el 2,5%, con posibilidad de aumento por decisión del Ejecutivo y aval legislativo.
Además, habilita la implementación de fondos de cese por convenio colectivo, similares al modelo de la construcción, donde el empleador realiza aportes mensuales a una cuenta individual que el trabajador percibe al finalizar la relación laboral.
Extensión del período de prueba
La reforma amplía el período de prueba a seis meses para la mayoría de los rubros y hasta ocho meses para empresas con hasta cinco empleados. Durante ese lapso, el vínculo podrá extinguirse sin derecho a indemnización, aunque el empleador deberá registrar la relación y realizar aportes desde el primer día.
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Eliminación de multas por empleo no registrado
Se suprimen las sanciones previstas en la Ley 24.013 por trabajo no registrado o deficientemente registrado. En su lugar, se establece un régimen de regularización que elimina multas pero obliga al pago de diferencias salariales y previsionales.
Banco de horas y régimen de vacaciones
La norma incorpora la figura del banco de horas, que permite compensar horas extraordinarias mediante acuerdos escritos entre empleador y trabajador, respetando los descansos legales.
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En cuanto a las vacaciones, se mantiene el período tradicional entre octubre y abril, aunque se habilita pactar su goce fuera de ese rango y fraccionarlas en períodos mínimos de siete días consecutivos.
Reducción de contribuciones y RIMI
Se crea el Régimen de Incentivo para la Modernización e Inversión (RIMI), con reducción de contribuciones patronales: un punto porcentual para grandes empresas y 2,5 puntos para MiPyMEs, con posibilidad de ampliación.
Pago de sentencias en cuotas
La ley permite que las empresas cancelen condenas laborales en cuotas: hasta seis pagos mensuales para grandes compañías y hasta doce para MiPyMEs y empleadores individuales.
Cambios en aportes sindicales
Se establecen límites a los aportes patronales a cámaras empresarias (máximo 0,5%) y a asociaciones de trabajadores (hasta 2%). Desde 2028, los aportes patronales a cámaras serán voluntarios. Se eliminó el artículo que habilitaba la retención automática de cuotas sindicales sin consentimiento expreso del trabajador. El aporte del 6% a obras sociales no sufrió modificaciones.
Digitalización y simplificación registral
El registro ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será suficiente para cumplir con la normativa laboral. Los libros se digitalizan con validez legal y deberán conservarse por diez años. El pago de salarios continuará realizándose por vía bancaria, descartándose billeteras virtuales.
Artículos eliminados
Durante el debate se eliminaron los artículos 44 y 208, que modificaban el régimen de licencias por enfermedad y contemplaban reducciones salariales en determinados casos. Con su exclusión, se mantiene el esquema tradicional de pago íntegro durante licencias médicas.
El Senado deberá ahora decidir si acepta los cambios introducidos por Diputados o insiste con la redacción original.

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