Propiedad privada: cómo serían los desalojos exprés y qué cambia para propietarios e inquilinos
El Senado dio media sanción a la denominada Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, que ahora deberá ser tratada por Diputados. El texto busca acelerar los desalojos por usurpación o falta de pago, modifica el régimen de expropiaciones e introduce cambios en la regularización dominial y los trámites registrales.
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El Senado de la Nación dio media sanción al proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, una iniciativa impulsada por el Gobierno nacional que introduce importantes modificaciones para propietarios, inquilinos y ocupantes de inmuebles.
La propuesta fue aprobada por 37 votos afirmativos y 33 negativos y ahora deberá continuar su tratamiento en la Cámara de Diputados. En consecuencia, los cambios todavía no están vigentes.
Uno de los ejes centrales es la agilización de los procesos de desalojo, tanto ante ocupaciones ilegales como en determinados conflictos derivados de contratos de alquiler.
Cómo funcionarían los desalojos exprés
En casos de inmuebles usurpados o tenencias precarias, el proyecto habilita al juez a disponer la entrega inmediata de la propiedad cuando considere verosímil el derecho invocado por quien reclama el inmueble y se presente la caución correspondiente.
El magistrado podría intimar a la devolución del inmueble dentro de las 72 horas, siempre que el propietario acompañe documentación que permita acreditar su derecho sobre la vivienda, terreno o campo.
Además, la reforma busca llevar estos conflictos a un procedimiento sumarísimo, es decir, uno de los mecanismos judiciales más breves previstos en el Código Procesal Civil y Comercial.

Qué pasaría con los inquilinos que deben alquileres
Para los contratos de vivienda, antes de iniciar una demanda por falta de pago el propietario deberá intimar previamente al inquilino y darle al menos 10 días para regularizar la deuda.
Ese plazo fue ampliado durante el tratamiento legislativo, ya que la propuesta original contemplaba únicamente tres días.
La notificación podrá efectuarse en el domicilio declarado en el contrato y deberá establecer las condiciones para cancelar lo adeudado. Si el incumplimiento continúa, quedará habilitada la acción judicial de desalojo.
Otro cambio establece que el propietario no podrá negarse a recibir las llaves cuando el inquilino pretenda devolver el inmueble, aunque podrá dejar constancia de las deudas pendientes y reclamarlas posteriormente.
En los procedimientos que involucren a niños, adolescentes o personas en situación de desamparo, deberán intervenir los organismos de protección correspondientes para procurar una solución habitacional transitoria, sin que eso implique detener definitivamente la causa.

Cambios para las expropiaciones
El proyecto también modifica la legislación nacional de expropiaciones y establece que la declaración de “utilidad pública” deberá interpretarse de manera restrictiva.
El Estado tendrá que justificar en forma concreta el objetivo perseguido y demostrar que la expropiación resulta idónea, necesaria y proporcional, cuando no existan alternativas menos restrictivas.
También se introducen modificaciones en los mecanismos para determinar las indemnizaciones y resolver diferencias sobre el valor de los inmuebles alcanzados por una expropiación.
Digitalización y regularización de propiedades
La iniciativa contempla además avanzar en la digitalización de los Registros de la Propiedad, permitiendo la presentación de documentación mediante herramientas electrónicas y buscando reducir los plazos administrativos.
También incorpora modificaciones al régimen de regularización dominial, conocido como Ley Pierri, para facilitar el acceso a la escritura en determinadas situaciones de posesión prolongada de una vivienda.

Dos capítulos quedaron afuera
La versión finalmente aprobada por el Senado fue más acotada que la iniciativa originalmente presentada.
Antes de la votación quedó afuera el capítulo que planteaba modificar las restricciones para la compra de tierras rurales por parte de extranjeros. Durante el debate también fue retirado el apartado que proponía cambios a la Ley de Manejo del Fuego.
De esta manera, la media sanción quedó concentrada principalmente en desalojos, expropiaciones, regularización dominial y trámites vinculados con la propiedad inmueble.
El proyecto deberá ahora superar el tratamiento de la Cámara de Diputados para convertirse en ley. Hasta entonces, las modificaciones contempladas en el texto no tienen aplicación efectiva.

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