Prohibieron la venta de los tradicionales “Heladitos Secos” en todo el país, ¿por qué motivo?
La medida abarca tanto a los puntos de venta físicos como a las plataformas online.
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de los “Heladitos Secos Copito de Nieve”, un producto que se vendía con registros sanitarios inexistentes.
La decisión se tomó luego de que autoridades sanitarias de Córdoba detectaran irregularidades en la rotulación del producto y alertaran al Instituto Nacional de Alimentos (INAL).

El origen del caso
El caso comenzó con una notificación emitida por la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de la Provincia de Córdoba, en el marco del Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria (SIVA).
Durante un operativo de rutina, el organismo provincial detectó la comercialización del producto rotulado como “Copito de Nieve, Heladitos Secos, R.N.E. N°: 04017294, R.N.P.A. N°: 04039186-04039187, Vencimiento: 21/07/2026”.
Al realizar las verificaciones correspondientes, los inspectores constataron que los números de registro que figuraban en el envase —tanto el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) como el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA)— no existían en el sistema oficial, lo que constituye una infracción a la normativa alimentaria vigente.

Ante esta irregularidad, la provincia emitió la Resolución N° 23/2025, que dispuso la prohibición inmediata de elaboración, publicidad, comercialización y distribución del producto en todo el territorio cordobés. Además, se alertó a todas las municipalidades y comunas de la provincia mediante un comunicado oficial.
La situación fue informada al Instituto Nacional de Alimentos (INAL), dependiente de la ANMAT, que tomó intervención en el caso y elevó la recomendación de extender la medida a nivel nacional.
Producto apócrifo
El análisis del INAL determinó que el producto se encontraba en infracción a varios artículos del Código Alimentario Argentino (CAA) y de la Ley Nacional de Alimentos N° 18.284, debido a la falsificación de los registros y la imposibilidad de identificar su origen.
Según la disposición publicada en el Boletín Oficial bajo el número DI-2025-7566-APN-ANMAT#MS, el helado “no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado”, lo que implica que no se puede garantizar su inocuidad ni su trazabilidad.
Por este motivo, el organismo nacional resolvió prohibir la elaboración, fraccionamiento, comercialización y venta en línea del producto “Copito de Nieve, Heladitos Secos” en cualquier presentación, lote o fecha de vencimiento. La medida también alcanza a todos aquellos productos que utilicen los números de RNE o RNPA mencionados, ya que se consideran falsamente rotulados.
La ANMAT explicó que se trata de un producto apócrifo, es decir, que se presenta como legal pero no cuenta con los registros exigidos por la autoridad sanitaria. En casos de este tipo, los consumidores quedan expuestos a posibles riesgos para la salud, ya que no existen controles sobre los ingredientes, procesos de elaboración o condiciones de almacenamiento.
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