Monotributo: qué hacer si ARCA te recategoriza o excluye por movimientos en billeteras virtuales
El organismo cruza datos con bancos y plataformas digitales. Si los depósitos no son ventas, se puede apelar dentro de los 15 días hábiles.
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Numerosos monotributistas comenzaron a recibir en su domicilio fiscal electrónico notificaciones de recategorización de oficio e incluso exclusión del Monotributo, a partir del entrecruzamiento de datos que realiza la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) con bancos y billeteras virtuales.
El organismo detecta movimientos en plataformas como Mercado Pago, Personal Pay o Naranja, y si los montos superan los ingresos declarados, presume que se trata de ventas no facturadas.
El problema, según advierten profesionales del sector, es que el sistema no discrimina entre ingresos por actividad comercial y transferencias por otros conceptos, como movimientos entre cuentas propias, préstamos o reintegros.
Cómo funciona el sistema MOREO
ARCA utiliza el sistema informático MOREO (Monotributo - Recategorización de Oficio) para consolidar los movimientos financieros asociados a un CUIT.
El sistema:
- Suma los fondos ingresados en todas las billeteras vinculadas.
- Los cruza con las facturas emitidas en el mismo período.
- Detecta desvíos si los ingresos bancarios o digitales superan lo declarado.
Si la diferencia es significativa, el organismo puede subir de categoría automáticamente o incluso disponer la exclusión del régimen simplificado.
Qué hacer si la recategorización es correcta
Si los depósitos detectados corresponden efectivamente a ventas no facturadas, el contribuyente debe aceptar la recategorización.
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En ese caso, simplemente pasará a pagar un importe mayor de monotributo, sin otras sanciones adicionales.
Qué hacer si no se trata de ventas
Si los fondos ingresados no son ingresos comerciales, el monotributista puede presentar un recurso dentro de los 15 días hábiles desde la notificación.
El trámite se realiza mediante “Presentaciones Digitales” en el sitio web oficial.
Es clave apelar cuando los movimientos correspondan a:
- Transferencias entre cuentas propias.
- Préstamos recibidos.
- Reintegros de compras.
- Dinero recaudado para regalos grupales o “vaquitas”.
Para respaldar el descargo, se deben adjuntar resúmenes bancarios y comprobantes que acrediten el origen del dinero.
Si no se presenta el recurso, el contribuyente queda excluido del Monotributo y pasa automáticamente al régimen general (IVA, Ganancias y Autónomos). Para reingresar al régimen simplificado deberá esperar tres años.
Cómo iniciar el descargo
El trámite puede realizarlo el propio contribuyente:
- Ingresar al portal del organismo.
- Acceder al micrositio del Monotributo.
- Revisar el aviso de recategorización.
- Hacer clic en “Presentar recurso”.
- Explicar la situación y adjuntar documentación respaldatoria.
Si el entrecruzamiento de datos demuestra que los montos no constituyen ingresos gravados, el organismo deberá mantener la categoría original del monotributista.

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