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La Corte Suprema declaró inconstitucional la prisión perpetua sin acceso a libertad condicional

Agrandar imagen Rosenkrantz, Rosatti y Maqueda
Rosenkrantz, Rosatti y Maqueda

La Corte Suprema de Justicia dejó firme un fallo que declara inconstitucional la prisión perpetua en los casos donde se excluye la posibilidad de otorgar libertad condicional, al considerar que afecta el “derecho a la esperanza” de los condenados. La decisión fue suscripta por los jueces Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, mientras que Ricardo Lorenzetti no acompañó.

El fallo cuestiona el artículo 14 del Código Penal, que impide a quienes cometen delitos graves acceder a la libertad condicional, y establece que las penas perpetuas deben incluir un régimen que permita la reinserción social.

La Corte señaló que las leyes deben ofrecer claridad sobre los requisitos y plazos para que un condenado pueda recuperar su libertad, cumpliendo con los principios de proporcionalidad, legalidad y resocialización.

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El caso que dio origen al fallo involucró a Sebastián Alejandro Guerra, condenado a prisión perpetua por el asesinato de una policía en 2012. Aunque la Corte no discutió directamente la validez de la prisión perpetua, concluyó que el recurso presentado por la fiscalía era inválido por no refutar adecuadamente los argumentos de instancias inferiores.

“No se advierte que en el recurso extraordinario federal la apelante haya rebatido las afirmaciones de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional respecto del derecho de una persona a conocer, desde el momento mismo de la imposición de la condena privativa de la libertad efectivamente perpetua, cuál es el régimen definitivamente aplicable de la pena impuesta”, se afirmó.

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