La ley ómnibus establece la suspensión de la fórmula de movilidad jubilatoria. En la transición de aumentos mediante decretos se priorizarán a los beneficiarios de ingresos más bajos.
Uno de los puntos que despertará polémica es el que está relacionado con el cambio en la fórmula de actualizar las jubilaciones y pensiones.
El artículo 106.de la Ley propone que se suspenda la aplicación del artículo 32 de la Ley N° 24.241, sus complementarias y modificatorias mientras que se faculta al Poder ejecutivo nacional a establecer una fórmula automática de ajuste de las prestaciones mencionadas en los incisos a), b), c), d), e) y f) del artículo 17 de la Ley N° 24.241, teniendo en cuenta los criterios de equidad y sustentabilidad económica.
Sin embargo hasta tanto se establezca una fórmula automática, “el Poder ejecutivo nacional podrá realizar aumentos periódicos atendiendo prioritariamente a los beneficiarios de más bajos ingresos”.
Como adelantó NA el ministerio de Capital Humano elaboró un proyecto para otorgar un bono de hasta $55.000 para jubilados y pensionados durante enero, con el fin de mitigar el impacto de la inflación en ese sector social
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