El Ministerio de Trabajo ratificó que los empleados vacunados deberán volver a la presencialidad
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La nota emitida por la cartera que encabeza Claudio Moroni confirma que los trabajadores que recibieron una dosis, transcurridos 14 días, ya no están dispensados de volver a la presencialidad laboral.
El Ministerio de Trabajo de la Nación emitió una nota en la que ratifica lo establecido en la Resolución Conjunta 4/2021. Esto es, que las empresas podrán exigir el retorno a la presencialidad de aquellos trabajadores que hayan recibido al menos la primera dosis de la vacuna contra el coronavirus, independientemente de la edad y condición de riesgo de la persona.
El regreso podrá tener lugar transcurridos 14 días de la inoculación, con excepción de los trabajadores de la salud, quienes volverán a sus puestos de trabajo una vez que hayan recibido ambas dosis.
Las únicas excepciones establecidas son para los empleados con inmunodeficiencias congénitas, asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocítica), desnutrición grave, VIH (dependiendo del status), o en tratamiento con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis.
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También quedan excluidos los pacientes con enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa, con tumor de órgano sólido en tratamiento, y trasplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos.
Cronista

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