El Gobierno fijó un plazo de 60 días para pedir la rehabilitación de pensiones por invalidez
La Secretaría Nacional de Discapacidad oficializó una medida que requiere a los titulares presentar documentación médica para rehabilitar sus prestaciones tras dejar sin efecto una resolución judicial previa.
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La Secretaría Nacional de Discapacidad, dependiente del Ministerio de Salud, oficializó este miércoles 28 de octubre de 2026 la Resolución 3695/2026. La normativa establece un plazo de 60 días corridos para que los titulares de pensiones no contributivas por invalidez laboral soliciten la rehabilitación de sus beneficios.
Esta medida deja sin efecto la Resolución 13.901/2025, que había restablecido el pago de pensiones en cumplimiento de una medida judicial previa. La nueva disposición afecta a las personas identificadas en el anexo de la norma publicada en el Boletín Oficial.
El plazo de 60 días comenzará a contarse desde la notificación formal a cada beneficiario. Es importante destacar que la presentación de documentación no garantiza una rehabilitación automática, ya que las áreas competentes evaluarán cada caso de manera individual.
Para realizar el trámite, los interesados pueden acudir a las oficinas de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) o a las dependencias de la Secretaría Nacional de Discapacidad. También es posible gestionar la solicitud mediante el Formulario de Consultas del Ministerio de Salud o a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD).
Otra alternativa habilitada consiste en enviar la documentación requerida al correo electrónico oficial. Una vez recibidos los antecedentes, el organismo procederá a incorporarlos a las actuaciones administrativas para su posterior análisis y determinación.
La resolución se enmarca en un proceso de auditoría y revisión de las pensiones no contributivas. El objetivo es verificar que se mantengan las condiciones de vulnerabilidad y falta de cobertura previsional que dieron origen al beneficio, conforme a la Ley 13.478 y el Decreto 432/1997.
Finalmente, la norma indica que los notificados podrán presentar recursos administrativos dentro de los plazos legales de 20 o 30 días, según corresponda, conforme al Reglamento de Procedimientos Administrativos vigente.

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