El Gobierno facilita el voto de los argentinos en el exterior con nuevas medidas
El Gobierno nacional reglamentó el voto de ciudadanos residentes en el exterior mediante Boleta Única y la opción de voto por correo postal. La medida busca facilitar la participación electoral de los argentinos fuera del país de cara a las elecciones 2025.
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El gobierno nacional implementó modificaciones significativas en la reglamentación del Código Electoral Nacional, destinadas a garantizar y facilitar el derecho al voto de los ciudadanos argentinos que residen fuera del país. Estas reformas incluyen la adopción de la Boleta Única y la opción de emitir el sufragio por correo postal, además del voto presencial en sedes consulares.
Detalles del Decreto 239/2025
El presidente Javier Milei firmó el Decreto 239/2025, que actualiza la Ley N° 24.007, vigente desde 1993, con el objetivo de asegurar el correcto ejercicio del voto de los argentinos en el exterior. Esta nueva reglamentación establece procedimientos detallados para el registro de electores, la opción de voto postal y la emisión del voto presencial.
Principales cambios introducidos
- Ampliación del derecho al voto: Todo ciudadano argentino desde los 16 años que resida en el exterior es reconocido como elector.
- Registro obligatorio: Se requiere el cambio de domicilio en el Documento Nacional de Identidad (DNI) para reflejar la residencia en el exterior, salvo excepciones previstas.
- Administración del registro: La Cámara Nacional Electoral es responsable del Registro de Electores Residentes en el Exterior y del Registro Especial del Servicio Exterior de la Nación.
- Carácter optativo del voto: El sufragio para los residentes en el exterior es optativo y se garantiza en igualdad de condiciones con los ciudadanos residentes en Argentina.
- Opción de voto postal: Los electores pueden optar por emitir su voto por correo postal, facilitando la participación de aquellos que residen lejos de las sedes consulares.
Procedimiento para el voto por correo postal
Los ciudadanos que deseen votar por correo deben inscribirse en un registro digital habilitado por la Cámara Nacional Electoral entre 150 y 120 días antes de las elecciones. Una vez registrados, recibirán en su domicilio un sobre con la Boleta Única, un sobre de seguridad para el voto, instrucciones detalladas y una declaración jurada de identidad.
El voto deberá ser enviado antes del último día hábil previo a la elección, ya sea por correo o depositándolo en un buzón habilitado en la sede consular correspondiente.
Objetivos de las reformas
Estas modificaciones buscan optimizar y garantizar el derecho al sufragio de los argentinos en el exterior. Al incorporar la Boleta Única y habilitar el voto por correo postal, se facilita la participación electoral y se superan las limitaciones impuestas por las distancias a las sedes consulares.
Estas reformas también responden a un reclamo histórico de las comunidades argentinas en el exterior, que venían solicitando hace tiempo mecanismos de votación más accesibles y eficientes.

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