Compra de campos por extranjeros: qué cambios propone el proyecto sobre la propiedad privada
La iniciativa que debate el Senado elimina los límites actuales para la adquisición de tierras rurales por parte de personas y empresas extranjeras, aunque mantiene controles para zonas de frontera. También modifica normas sobre desalojos, expropiaciones y manejo del fuego.
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El proyecto de ley de inviolabilidad de la propiedad privada que el oficialismo busca aprobar en el Senado incorpora cambios importantes sobre el régimen de tierras en Argentina, especialmente en relación con la compra de campos por parte de extranjeros.
Uno de los puntos centrales de la iniciativa es la eliminación de las restricciones vigentes que limitan la cantidad de tierras rurales que pueden estar en manos de ciudadanos o empresas extranjeras. De esta manera, dejarían de existir los topes de superficie y los porcentajes máximos establecidos por la normativa actual.
Sin embargo, el proyecto contempla un esquema especial de controles para determinados casos, principalmente en zonas de frontera y cuando intervengan Estados extranjeros o empresas con participación estatal.
Sin límites para la compra de tierras rurales
La reforma propone derogar las restricciones actuales sobre la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros. Si la ley avanza, ciudadanos y compañías extranjeras podrán comprar campos sin límites de extensión ni restricciones porcentuales.
No obstante, quedará prohibida la compra de inmuebles rurales por parte de Estados extranjeros o empresas estatales extranjeras, salvo que exista una autorización expresa del gobierno provincial correspondiente y del Poder Ejecutivo Nacional.
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El proyecto también reafirma que las provincias mantienen la potestad sobre sus territorios, por lo que tendrán participación en las operaciones que involucren compradores extranjeros.
Mayor control en zonas de frontera
Para los terrenos ubicados en áreas fronterizas, la iniciativa establece un mecanismo más estricto. En esos casos será necesario contar con la aprobación conjunta de la provincia donde se encuentra el inmueble y del Gobierno nacional antes de concretar la operación.
Además, incorpora el denominado principio de silencio administrativo: si pasan 180 días sin una objeción formal de ninguna de las jurisdicciones involucradas, la autorización se considerará otorgada.
Cambios en los desalojos
Otro eje importante del proyecto está vinculado al procedimiento para recuperar inmuebles ocupados. La propuesta habilita un mecanismo de desalojo exprés en casos de usurpación u ocupación precaria, siempre que el propietario pueda acreditar de manera suficiente la titularidad del inmueble.
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El juez podrá ordenar la restitución del bien cuando considere verosímil el derecho del dueño y exista documentación que respalde el reclamo. Además, se establece la posibilidad de intimar al ocupante a devolver el inmueble en un plazo de 72 horas desde la solicitud judicial.
Nuevas reglas para alquileres con deuda
El proyecto también modifica algunos aspectos vinculados a los contratos de alquiler. Ante una deuda, el propietario deberá enviar una intimación previa mediante carta documento o medios electrónicos y otorgar un plazo mínimo de 10 días corridos para regularizar la situación.
Si el incumplimiento continúa, podrá iniciar una acción judicial de desalojo. La iniciativa también establece que el propietario no podrá rechazar la devolución de las llaves, aunque podrá dejar asentadas las deudas pendientes para reclamarlas posteriormente.
Cambios en las expropiaciones
El texto incorpora modificaciones al régimen de expropiaciones y establece que las declaraciones de utilidad pública deberán tener una interpretación restrictiva. El Estado deberá fundamentar de manera expresa los motivos de una expropiación y justificar la necesidad de la medida.
En cuanto a las indemnizaciones, se incorpora un límite del 30% para el reconocimiento del lucro cesante y se fija un esquema de actualización basado en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) más la tasa del Banco Nación para depósitos a 30 días.
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Modificaciones en la Ley de Manejo del Fuego
La iniciativa también propone cambios en la normativa sobre incendios rurales. Uno de los puntos principales es la eliminación de la prohibición que impedía durante 30 años cambiar el uso de terrenos agropecuarios afectados por incendios. La modificación alcanzaría a superficies rurales, pastizales, praderas, matorrales y áreas periurbanas.
En cambio, se mantienen las restricciones para bosques nativos y humedales, donde continuará vigente la prohibición de modificar el uso del suelo durante 60 años después de un incendio. El proyecto forma parte de la agenda de reformas impulsadas por el Gobierno nacional y será analizado por el Senado junto con otros temas legislativos.

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