Comienza a regir la ley de etiquetado frontal: “Esto sirve para tratar de buscar mejor los productos”
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Así lo expresó Juliana Selvaggi, nutricionista M°1763 de Rafaela en referencia a la nueva medida de etiquetado para productos alimenticios.
El Gobierno estableció las primeras pautas oficiales para publicitar los alimentos y bebidas que cuentan con excesos de azúcar, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable, también conocida como Ley de Etiquetado Frontal.
La misma fue aprobada por ambas Cámaras del Congreso a fines del año pasado y reglamentada en marzo.
En este sentido, RADIO RAFAELA charló mano a mano con Juliana Selvaggi, nutricionista M°1763 para que explique de qué se trata.
Primeramente, Juliana explicó que “vamos a ver que en la cara frontal de los productos tenemos unos logos de color negro que nos va a decir si es alto en azúcares, alto en grasa, alto en sodio y, a su vez, si tiene aporte de cafeína o edulcorantes”
“Esto sirve para tratar de buscar mejor los productos, ver si el producto es bueno, si es para consumo diario o para cada tanto”
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¿Si tiene le logo negro, no se puede consumir?
La respuesta de la nutricionista fue que "no quiere decir eso. Sino que significa que hay que saber que quizás ese producto no lo vamos a consumir durante toda la semana"
Y anexó "porque es alto en todos estos ingredientes".
“Esto se hizo más que nada porque cuando nosotros agarramos un producto tenemos que darlo vuelta, leer todo lo que tiene en la parte de atrás y eso no se hace por ahí porque no sabemos”
Entre tantos productos que podrían tener etiquetas frontales, ejemplificó con un paquete de papitas: "en las papitas, seguramente encontremos que son alto en grasas, alto en sodio"
Mirá la nota completa:
Otras medidas
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) dispuso la prohibición de toda publicidad, promoción y/o patrocinio de alimentos y bebidas envasados dirigidos a niños, niñas y adolescentes que contengan al menos un sello de advertencia o leyendas precautorias sobre edulcorantes y/o cafeína, en el marco de la implementación de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable, conocida como ley de etiquetado frontal.
Por medio de la disposición 6924/2022, publicada este martes en el Boletín Oficial, se formalizó la regulación de "toda publicidad, promoción y/o patrocinio dirigida al público y difundida en medios masivos tradicionales y digitales de alimentos y bebidas analcohólicas envasados que contengan al menos un sello de advertencia (incluyendo en éstos las leyendas precautorias sobre edulcorantes y/o cafeína), sean nacionales o importados".
Para los productos con al menos un sello que estén destinados especialmente a niños, niñas y adolescentes, la Anmat prohibió todo tipo de publicidad, promoción y/o patrocinio.
En cambio, para el resto de los alimentos y bebidas dirigidos al público general, la autoridad regulatoria dispuso que la publicidad, promoción y/o patrocinio debe tender al "consumo adecuado del producto, presentando sus propiedades objetivamente sin engaños o equívocos, brindando información veraz, precisa y clara".
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