ARCA amplió el plazo para devolución de saldos del Impuesto PAIS: ¿hasta cuándo?
Publicada en el Boletín Oficial, la medida permite compensar montos no utilizados tras la derogación del tributo en diciembre de 2024. Además, detallaron nuevos plazos y condiciones.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció la ampliación del período para que los agentes de percepción y liquidación del Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS) puedan declarar saldos a favor correspondientes hasta abril de 2025.
Esta medida, oficializada mediante la Resolución General 5669/2025 publicada en el Boletín Oficial, busca facilitar la administración tributaria tras la finalización del mencionado impuesto el 22 de diciembre de 2024.
Detalles de la Resolución
La nueva resolución modifica el artículo 2° de la Resolución General 5638/2025, permitiendo que la exteriorización del saldo a favor del Impuesto PAIS se realice mediante la presentación del formulario de declaración jurada F.744 para los meses de diciembre de 2024 y de enero a abril de 2025.
Este formulario debe generarse a través del "Sistema de Control de Retenciones (SICORE)", según lo establecido en el artículo 8° de la Resolución General N° 4.659 y sus complementarias.
Procedimiento de Devolución
El procedimiento de devolución se efectúa a través de un mecanismo de compensación aplicable contra las obligaciones emergentes del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias.
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Los agentes que ingresaron percepciones en exceso y que, debido a la finalización del Impuesto PAIS, no pueden compensar los saldos a favor en declaraciones futuras, podrán utilizar este mecanismo.
Plazos y Limitaciones
La utilización del saldo a favor podrá realizarse hasta el 30 de mayo de 2025, inclusive. Para el saldo correspondiente al período diciembre 2024, se establecen las siguientes limitaciones:
- Hasta el 31 de enero de 2025: hasta el 33,33% del saldo declarado.
- Hasta el 28 de febrero de 2025: hasta el 66,66% del saldo declarado, menos lo utilizado anteriormente.
- Desde el 1 de marzo hasta el 30 de mayo de 2025: el 100% del saldo restante.
Además, se prevé la generación de intereses a favor del agente de percepción y liquidación, calculados sobre el saldo a favor declarado, con diferentes tramos según el período.
Con esta medida, ARCA busca facilitar la administración tributaria y asegurar el reconocimiento de los montos a favor derivados de un impuesto ya derogado, brindando a los agentes de percepción y liquidación un plazo extendido para la declaración y compensación de saldos a favor del Impuesto PAIS.
La resolución beneficia especialmente a empresas importadoras, estudios contables y otros agentes alcanzados por el régimen de percepción, quienes ahora disponen de un marco temporal más amplio para regularizar sus saldos.
Expertos tributarios consideraron que esta extensión brinda previsibilidad operativa y reduce riesgos fiscales derivados de la abrupta finalización del Impuesto PAIS. También se espera que alivie tensiones en la liquidación de operaciones acumuladas en los últimos meses del tributo.
El Litoral
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