¿Pueden embargarte el sueldo por una deuda? Cuáles son los límites y qué hacer si recibís una notificación
Francisco Pedrotti, de Pedrotti Abogados, explicó en qué situaciones pueden embargar el salario de un trabajador, qué porcentajes establece la normativa y por qué una amenaza telefónica no significa que exista una orden judicial. También brindó recomendaciones para quienes atraviesan dificultades económicas.
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El uso de tarjetas de crédito, préstamos personales y otras formas de financiamiento puede convertirse en un problema cuando las deudas comienzan a acumularse. En ese contexto, una de las principales preocupaciones de los trabajadores es saber si pueden embargarles el sueldo y cuánto dinero podrían retenerles.
En diálogo con Radio Rafaela, Francisco Pedrotti, de Pedrotti Abogados, explicó cuáles son las condiciones legales para aplicar un embargo salarial y qué derechos tienen tanto los acreedores como los deudores.
“La situación financiera de mucha gente hoy no es buena. Hacemos uso y abuso de la tarjeta de crédito o sacamos un préstamo. La gente tiene que saber que nuestro sueldo, para aquellos que trabajan en relación de dependencia, es de algún modo una garantía que tienen nuestros acreedores”, señaló.
“Nadie te embarga por teléfono”: qué se necesita para retener un sueldo
Pedrotti aclaró que un embargo salarial no puede aplicarse simplemente por la existencia de una deuda, sino que requiere la intervención de la Justicia.
“El embargo de sueldo es una medida judicial que retiene una parte de la remuneración y la deposita en una cuenta judicial. Lo hace el empleador, que recibe la notificación de esa orden y debe retener el porcentaje correspondiente antes de pagar el salario”, explicó.
El abogado hizo especial hincapié en las comunicaciones de estudios de cobranza que advierten sobre supuestos embargos inmediatos.
“Nadie te embarga por teléfono. Constantemente llaman de estudios de cobranza diciendo: ‘Último aviso, embargo inminente, lo paso a legales’. Pero para que exista un embargo tiene que haber un proceso judicial, un expediente y una orden emitida por un juez”, remarcó.
¿Cuánto pueden embargar de un sueldo?
El especialista explicó que la legislación contempla límites para proteger los ingresos necesarios para la subsistencia del trabajador, aunque los porcentajes dependen de la remuneración.
“El acreedor al que le debemos dinero tiene derecho a cobrar, pero también el deudor tiene derecho a vivir”, sostuvo.
Según los valores del Salario Mínimo, Vital y Móvil que citó durante la entrevista, de $391.200, Pedrotti detalló los siguientes límites generales:
- Hasta $391.200: el salario no puede ser embargado por deudas comunes.
- Por encima de ese mínimo y hasta dos salarios mínimos ($782.400): corresponde el límite legal del 10%.
- Cuando el salario supera los dos mínimos: el límite general pasa al 20%.
Estos porcentajes están sujetos a las reglas legales de cálculo y no significan necesariamente que puedan retenerse sobre la totalidad del sueldo.
Sin embargo, el abogado aclaró que existe una excepción especialmente importante: las deudas por cuota alimentaria.
“No es lo mismo deber tres millones de un crédito que saqué que no darle de comer a tu hijo. Si no pago lo que debo pagar en concepto de alimentos, me pueden embargar el sueldo y no rige el tope del 20%”, explicó.
Qué pasa si no pagás una deuda y cómo actuar
Pedrotti advirtió que las consecuencias del incumplimiento no se limitan al salario. También pueden producirse embargos sobre otros bienes y dificultades para acceder a nuevos productos financieros.
En ese sentido, mencionó la Central de Deudores del Banco Central de la República Argentina, donde se registra información sobre la situación crediticia de personas y empresas.
“Un mal historial nos va a limitar después para acceder a un crédito o a una tarjeta. Ser deudor no solamente implica el riesgo de que nos embarguen el sueldo”, indicó.
Finalmente, recomendó que quienes reciban una notificación formal revisen la documentación, identifiquen el origen de la deuda y busquen asesoramiento profesional.
“Hay que leerla, identificar de dónde viene esa deuda, ver si no está prescripta y consultar con un abogado o ir a Defensa del Consumidor”, aconsejó.
Además, destacó la importancia de negociar un plan de pagos para organizar las obligaciones pendientes.
“Si no hacemos nada, no sabemos de cuánto es la deuda ni cuánto tiempo nos van a embargar el sueldo. En cambio, con un plan de pago sabemos durante cuánto tiempo tendremos que pagar y cuál va a ser el monto. Eso genera cierta previsibilidad”, concluyó.

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