La Justicia santafesina resolvió que no corresponde pagar a SADAIC y AADI CAPIF por eventos privados
Concejales de Rafaela solicitaron al Municipio acciones de información y orientación para vecinos ante reclamos por derechos autorales en celebraciones privadas.
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Los concejales Lisandro Mársico y Carla Boidi (Unidos-PDP) presentaron un pedido al Departamento Ejecutivo Municipal para que se implementen acciones institucionales de difusión, orientación e información sobre los alcances del Decreto Nacional N.º 765/2024, los antecedentes judiciales existentes y los posibles reclamos realizados por entidades como SADAIC y AADI-CAPIF por el cobro de derechos autorales y conexos en eventos privados.
La iniciativa surge a partir de una resolución de la Justicia santafesina que estableció que no corresponde abonar estos conceptos cuando se trata de celebraciones de carácter privado y acceso restringido.
El objetivo del pedido es brindar herramientas a la comunidad para conocer cuándo corresponde el pago de aranceles vinculados al uso de música y en qué situaciones las celebraciones quedan fuera del concepto de representación o ejecución pública de obras musicales.
“Con los precedentes judiciales existentes y la normativa vigente, entendemos que el Municipio puede promover acciones de información, orientación y acompañamiento a la comunidad respecto de los derechos que asisten a consumidores y usuarios, a través de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC)”, explicó Lisandro Mársico.
Qué establece el Decreto 765/2024
Por su parte, Carla Boidi señaló que el Decreto Nacional N.º 765/2024 modificó la reglamentación de la Ley de Propiedad Intelectual y estableció precisiones sobre el alcance de la representación o ejecución pública de obras musicales.
Según explicó, la normativa considera pública aquella utilización de música que se realiza en un espacio de acceso público, libre y dirigido a una pluralidad de personas.
En consecuencia, quedarían fuera de ese concepto las reuniones y celebraciones realizadas en ámbitos cerrados y con acceso restringido, como cumpleaños, casamientos, fiestas de egresados y otras celebraciones privadas.
Reclamos y dudas entre vecinos
Mársico sostuvo que, pese a la vigencia del decreto y a los antecedentes judiciales existentes, continúan registrándose reclamos, intimaciones y pedidos de pago por parte de entidades de gestión colectiva como SADAIC y AADI-CAPIF en relación con eventos privados.
“Esto genera incertidumbre y confusión entre consumidores, familias y organizadores”, afirmó el edil.
En ese sentido, Boidi destacó que la situación afecta especialmente a estudiantes y familias que organizan fiestas de quinto año y celebraciones de fin de ciclo lectivo, aunque también alcanza a quienes realizan cumpleaños, aniversarios, casamientos u otros encuentros privados.
Pedido de información a través de la OMIC
Los concejales fundamentaron la iniciativa en el artículo 42 de la Constitución Nacional, que garantiza a consumidores y usuarios el derecho a la protección de sus intereses económicos y a recibir información adecuada y veraz.
También mencionaron el artículo 4.º de la Ley Nacional N.º 24.240, que establece el derecho de los consumidores a recibir información cierta, clara y detallada.
El planteo busca que la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) pueda brindar orientación a los vecinos ante eventuales requerimientos relacionados con la utilización de música en celebraciones privadas y eventos de acceso restringido.

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