El Municipio informa a comercios sobre la prohibición de lavacoches en la Zona de Estacionamiento Controlado
La medida busca ordenar el uso del espacio público en el área céntrica, garantizar una convivencia segura y clara para comerciantes y conductores, y avanzar con acciones de concientización y acompañamiento social antes de la aplicación de sanciones.
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Desde este viernes, agentes del Departamento de Protección Vial y Comunitaria y de la Dirección de Guardia Urbana Rafaelina comenzaron a recorrer los comercios ubicados dentro de la Zona de Estacionamiento Controlado (ZEC) para informar formalmente sobre los alcances del Decreto N.º 189/2026, que regula el uso del espacio público en el sector céntrico de la ciudad.
Durante las visitas, se notifica por escrito a los titulares de los locales sobre lo dispuesto por la normativa, dejando copia del decreto y constancia de la comunicación realizada.
El Decreto N.º 189/2026 establece en su artículo 2° la prohibición, dentro del área delimitada para la Zona de Estacionamiento Controlado, de las actividades de cuidado, lavado y/o limpieza de vehículos automotores y motocicletas ofrecidas en la vía pública, ya sea de forma gratuita u onerosa, en todas sus modalidades y bajo cualquier denominación que se utilizare.
Asimismo, el artículo 3° determina que la prohibición comprende tanto a los individuos que ejercen la actividad como a los conductores y/o propietarios de los vehículos que aceptaren el servicio ofrecido, y a todos aquellos que con su conducta faciliten o incentiven dicha práctica. En ese sentido, el artículo 4° especifica que se considerarán conductas que faciliten o incentiven la actividad la provisión de agua, elementos y/o productos de limpieza a quienes la realizan.
Se hace saber que a partir del 15 de abril de 2026 el incumplimiento de lo establecido podrá dar lugar a la aplicación de las sanciones previstas, que van de 3 a 100 Unidades de Multa (UM), siendo el juzgamiento competencia de los Juzgados de Faltas Municipales.
La Secretaría de Gobierno y Modernización y la Secretaría de Prevención y Seguridad son las autoridades de aplicación del decreto, estando la organización y el control a cargo del Departamento de Protección Vial y Comunitaria y de la Dirección de Guardia Urbana Rafaelina, con la coordinación de la Unidad Regional V de Policía de la Provincia de Santa Fe para optimizar los operativos en el área alcanzada.
Cabe señalar que la norma establece un plazo de tolerancia de sesenta días desde su firma para la efectiva aplicación, período en el cual se desarrolla una campaña de concientización dirigida a comerciantes, vecinos y conductores sobre los alcances de la medida.
Paralelamente, las Secretarías de Desarrollo Humano y Salud y de Desarrollo Económico, Innovación y Empleo llevan adelante acciones de acompañamiento social e inserción laboral destinadas a las personas que actualmente realizaban tareas de lavado de vehículos en la vía pública, con el objetivo de promover alternativas laborales formales y un abordaje integral de situaciones de vulnerabilidad.

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