Día del Empleado de Comercio en Rafaela: qué negocios deberán cerrar el miércoles 30 de septiembre
La fecha se trasladará al último miércoles del mes y, de acuerdo con la Ley provincial de Descanso Dominical, la mayoría de los establecimientos comerciales y de servicios deberán permanecer cerrados. La normativa contempla excepciones específicas.
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El Día del Empleado de Comercio tendrá este año una aplicación particular en Rafaela. Si bien la Ley nacional 26.541 establece la celebración cada 26 de septiembre, la normativa provincial vigente determina que, en las localidades adheridas al régimen de Descanso Dominical, la jornada se concrete el último miércoles del mes.
Por ese motivo, en Rafaela los establecimientos comerciales y de servicios alcanzados por la Ley provincial 13.441 deberán permanecer cerrados el miércoles 30 de septiembre.
La ciudad adhirió a esa normativa mediante la Ordenanza Nº 4.706, por lo que la disposición resulta aplicable al comercio local.
Qué comercios pueden abrir
La legislación contempla una serie de actividades exceptuadas de la obligación de cierre. Entre ellas se encuentran los comercios atendidos por sus propios dueños que no superen los 120 metros cuadrados, así como locales de hasta 200 metros cuadrados ubicados dentro de centros o paseos comerciales.
También están exceptuadas las farmacias, estaciones terminales, servicios velatorios y de sepelio, servicios esenciales de salud, transporte, hotelería, telecomunicaciones —cuando no desarrollen ventas comerciales— y expendio de combustibles.
La posibilidad de abrir alcanza además a establecimientos cuya actividad principal sea la elaboración o venta de pan, pastelería, repostería, heladería y comidas preparadas, además de restaurantes y bares.
La normativa incluye también entre las excepciones a florerías, ferreterías, teatros, cines, espacios de juegos infantiles, circos y otros establecimientos de esparcimiento, así como comercios dedicados a la venta de libros, música y videos.
También pueden funcionar mercados de abasto de carnes, aves, huevos, pescados, legumbres y frutas, además de ferias y mercados municipales.
Qué pasa con los empleados de los comercios exceptuados
Los negocios incluidos dentro de las excepciones pueden abrir sus puertas, aunque deben respetar las normas laborales correspondientes al Día del Empleado de Comercio.
De acuerdo con el Convenio Colectivo de Trabajo del sector, el empleado puede negarse a prestar tareas sin que corresponda descontarle la jornada.
Si decide concurrir a trabajar, las horas deberán abonarse conforme a los artículos 155 y 166 de la Ley de Contrato de Trabajo, utilizando el divisor 25. En la práctica, esto implica que corresponde el pago de doble jornal.
En esos casos, según la información difundida, no corresponden horas compensatorias.
De esta manera, el miércoles 30 de septiembre tendrá una actividad comercial reducida en Rafaela, con cierre obligatorio para los establecimientos alcanzados por la normativa y funcionamiento únicamente de las actividades contempladas entre las excepciones.

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