Conducir por las calles de la ciudad implica una responsabilidad. A las personas que no respetan las normas establecidas se les aplica una sanción cuyo valor se determina en función de la gravedad y el tipo de vehículo implicado. La Secretaría de Gobierno y Participación recuerda algunos de los montos asignados a las mismas.
Una forma que tiene el Estado local para cuidar del tránsito en las calles y evitar que sucedan accidentes son las infracciones. Para establecer el monto de cada una de ellas se utiliza una Unidad Fija y se calcula en función del vehículo que comete la falta y la gravedad de la misma.
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En cambio, a un automóvil le corresponderá abonar por el exceso de velocidad entre $11.788 y $22.102, cruzar el semáforo en rojo entre $22.102 y $29.470. Por otra parte, la infracción de conducir sin haber obtenido el carnet estará entre $13.261 y $16.208, mientras que circular en contramano será entre $22.102 y $29.470.
Para el caso de los camiones, el valor es más elevado. En este sentido, manejar con un exceso de velocidad implicará un valor desde $29.470 a $44.205. Para el cruce de semáforo en rojo, la multa va desde $29.470 hasta $44.205, y por circular dentro de un radio prohibido el costo es entre $8.841 y $17.682. Además, al giro indebido en zona de semáforo le corresponderá una sanción entre $4.420 y $8.841.
Es importante destacar que el no uso de los elementos de seguridad en todos los vehículos tiene una sanción. En el caso de las motos, la falta de casco varía entre los $4.420 y los $10.314, el no uso del cinturón va desde $2.652 hasta $6.188.
La conducción de menores es una falta que tiene un valor alto. En las motos, la infracción se encuentra entre $17.682 y $44.205, en los autos entre $29.470 y $73.675.
También circular sin el seguro obligatorio es una falta y para todos los vehículos tiene el mismo monto, desde $7.367 hasta $22.102.
Para finalizar, las multas por alcoholemia serán sancionadas en todos los casos, con un mismo costo, desde $29.470 hasta $73.675.
Cabe aclarar que las infracciones graves como alcoholemia positiva, cruce de semáforo con luz prohibida o contramano, pueden dar lugar a la pena accesoria de inhabilitación para conducir, con la retención de la licencia. Asimismo, los Jueces de Faltas siempre tienen la facultad de agravar o disminuir la pena de multa teniendo en cuenta las circunstancias de cada caso, los antecedentes y demás parámetros a tomar para determinar el monto a abonar.
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