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LOCALES

Agroquímicos: Audiencia Pública por la "Ordenanza Viotti" que permitiría fumigar a 50 metros de la ciudad

El martes 28 de febrero tendrá lugar la Audiencia Pública de la que pueden participar todos los ciudadanos y a la que fueron citados concejales y representantes del Ejecutivo. La misma es en el marco de la causa "ADAPA y otros, contra municipalidad de Rafaela sobre recurso contencioso administrativo de la Ley 10.000".

Recordemos que, luego de ser votada la "Ordenanza Viotti" que regula el uso de agroquímicos y fitosanitarios disminuyendo el límite agronómico de 200 metros a 50, organizaciones y vecinos que integran el colectivo “Rafaela sin venenos, por la agroecología” presentaron una acción judicial en los tribunales locales. La misma pide que se anule el nuevo límite a las fumigaciones impuesto por la ordenanza 5331.

La conflictiva ordenanza redujo de 200 a 50 metros la distancia desde el perímetro urbano a partir de la cual se permite aplicar fertilizantes y plaguicidas en los campos. Entre el metro 50 y el 200 habilita la fumigación con “productos de origen orgánico y/o biológicos”, lo que implica un retroceso en la protección del ambiente y la salud de la población.

La demanda fue presentada el 1 de agosto en el Juzgado Civil y Comercial de Rafaela por las asociaciones Acción de Defensa Animal y Protección Ambiental (ADAPA) y Amigos de la Vida, junto a un grupo de vecinos.

Se ampararon en la Ley Provincial 10.000, que permite a la comunidad presentar recursos judiciales ante decisiones o actos de las autoridades que afecten la salud pública y el ambiente, entre otros derechos colectivos. En este caso, piden la nulidad del artículo 4º de la ordenanza 5331 (que fija el nuevo límite) y el mantenimiento de la franja originaria de 200 metros libre de toda fumigación.

El concejal Viotti, autor del proyecto que redujo de 200 a 50 metros el límite agronómico.
El concejal Viotti, autor del proyecto que redujo de 200 a 50 metros el límite agronómico.

Organizaciones y vecinos, denunciaron que los “productos orgánicos y/o biológicos” no son necesariamente inocuos, sino que en algunos casos pueden suponer riesgos para la salud y el ambiente. Además, si la verdadera intención del Concejo Municipal hubiera sido proteger a la población y promover agroecología, lo que correspondía era ampliar y no reducir el límite a las fumigaciones.

En este sentido, explican que, al proteger menos que la anterior, la ordenanza 5331 viola el principio de no regresión que está presente en el Derecho ambiental y en la Constitución Nacional. Asimismo, advierten que el Concejo Municipal tampoco respetó el principio precautorio dispuesto por la Ley General del Ambiente, que establece que ante peligro de daño grave o irreversible no deben demorarse las medidas tendientes a evitarlos con el argumento de falta de información o certeza científica.

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Retroceso

Cabe recordar que, a partir de una iniciativa de la concejal Brenda Vimo, se debatió largamente en el Concejo Municipal el uso de agrotóxicos. Se presentaron tres propuestas, la de la concejal Vimo, principal militante del tema que proponía extender a 1000 metros el límite agronómico; otra del concejal Lisandro Mársico del Partido Demócrata Progresista, que proponía dejar el límite existente; y una tercera de Leonardo Viotti de Juntos por el Cambio redactada en 72 horas que reduce el límite de 200 a 50 metros.

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