Una familia rosarina no quería vacunar a su bebé, pero la justicia los obligó: “Está en juego la salud pública”
El abogado Daniel Pedrotti analizó un fallo reciente conocido en Rosario y explicó que la decisión de los progenitores encuentra un límite cuando están comprometidos los derechos del niño y la salud pública.
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Un fallo reciente de la Justicia de Rosario ordenó la vacunación de un recién nacido luego de que sus padres manifestaran su negativa a aplicarle las dosis contempladas en el Calendario Nacional de Vacunación.
El doctor Daniel Pedrotti, de Pedrotti Abogados, habló con Radio Rafaela y explicó que este tipo de conflictos adquirió mayor visibilidad durante la pandemia, cuando algunas familias comenzaron a rechazar la inmunización de sus hijos por motivos ideológicos, personales o religiosos.
“El tema había tenido su auge en épocas de pandemia, cuando muchos progenitores se negaban a que sus hijos recibieran las vacunas. Creo que debemos dejar de lado la cuestión ideológica y concentrarnos en los derechos de las personas y en el aspecto científico”, sostuvo.
Según indicó, las vacunas que integran el calendario nacional se encuentran alcanzadas por una normativa que establece su obligatoriedad para la población.
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“Todas las vacunas que integran el calendario nacional están sometidas a una ley que obliga a los ciudadanos a cumplir con la vacunación”, afirmó.
La decisión de los padres tiene límites
Pedrotti recordó que la legislación reconoce amplias facultades a los progenitores para decidir sobre la crianza, la educación y la formación de sus hijos. Sin embargo, aclaró que esa potestad no es absoluta.
“Son los padres quienes deciden dónde van a vivir sus hijos, a qué escuela concurrirán, qué educación recibirán y qué valores tendrán. Pero ese derecho tan fuerte a moldear la vida de los hijos tiene un límite muy claro”, explicó.
Ese límite aparece cuando una decisión familiar puede afectar derechos esenciales del menor o generar consecuencias para el resto de la comunidad.
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“En estos casos chocan los valores de la libertad individual con los valores de la salud pública”, señaló el abogado.
El interés individual frente a la salud colectiva
El profesional sostuvo que la negativa a vacunarse no solo puede comprometer la salud de una persona, sino también aumentar el riesgo de transmisión de enfermedades a terceros. “Si una persona no se vacuna contra una enfermedad que puede ser transmitida, ya no debemos considerar solamente el aspecto individual, sino también el colectivo y la posibilidad de contagiar a otras personas”, manifestó.
Pedrotti agregó que, ante estas situaciones, la Justicia debe ponderar diferentes derechos y establecer cuál merece una protección prioritaria. “Entran en juego dos valores muy fuertes: los derechos de la familia y la obligación del Estado de proteger la salud pública”, indicó.
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Otros conflictos vinculados con decisiones médicas
Durante su análisis, el abogado recordó que existen situaciones similares relacionadas con tratamientos o procedimientos médicos rechazados por las familias debido a creencias religiosas.
Como ejemplo, mencionó casos en los que familiares se opusieron a la realización de transfusiones de sangre a una persona que no se encontraba en condiciones de expresar plenamente su voluntad.
“Hay personas que, por cuestiones religiosas, no admiten las transfusiones de sangre. Son casos muy difíciles porque se debe determinar hasta dónde llega la decisión familiar cuando está en riesgo la vida o la salud de otra persona”, explicó.
En el caso ocurrido en Rosario, la actuación judicial se habría iniciado luego de que los padres formalizaran su rechazo ante el establecimiento sanitario.
Pedrotti explicó que el hospital comunicó la situación a las autoridades correspondientes para que se evaluaran las medidas necesarias. “Este caso se originó por una presentación del Hospital de Niños de Rosario. Los padres completaron un formulario expresando su negativa, el hospital lo elevó al Ministerio y luego la situación llegó a la Justicia”, relató.
A partir de esa intervención, quedó en manos del magistrado resolver si debía prevalecer la voluntad de los progenitores o la protección sanitaria del recién nacido. “Es el juez quien finalmente debe decidir qué se va a hacer”, concluyó Pedrotti.

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