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INTERES GENERAL

Si se deroga la actual ley de alquileres, ¿en qué situación quedan inquilinos y propietarios?

En los últimos días, trascendió la información que indica que el Gobierno estudia el marco jurídico aplicable para suspender la vigencia de la Ley de Alquileres. A algunos meses de su puesta en vigor, dio como resultado un aumento del precio de las locaciones a causa de una contracción de la oferta de inmuebles.

La decisión se habría tomado durante un encuentro entre el presidente, Alberto Fernández, y el ministro de Economía, Sergio Massa, en el que se analizó este tema como una cuestión prioritaria. Ante esta versión, la oposición reclama que se resuelva en el Congreso.

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¿En qué situación quedan inquilinos y locadores?

En el año 2019, con el consenso de ambos partidos, fue votada la nueva Ley en el Congreso y entró en vigencia en julio de 2020. Lamentablemente, “el objetivo de la Ley a tres años de su aplicación no se cumplió. Al contrario, los efectos fueron negativos”.

Ezequiel Silva, abogado, explicó a Radio Rafaela que esta información “generó una gran incertidumbre que llegó a que muchos propietarios sacaran inmuebles de la oferta para destinarlos solamente a venta o incluso al alquiler diario que es a valor dólar. Con esto, ante la misma o mayor demanda de gente que necesitaba alquilar, el primer efecto negativo fue el inmediato aumento en las pretensiones de los propietarios para alquilar”.

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Sumado a esto, la Ley tuvo muchas modificaciones, pero hay dos que son las que más resuenan. Esas mismas son las que se están tratando de modificar. La primera es el plazo mínimo legal del contrato de alquiler que, con anterioridad, era de dos años y se elevó a tres.

El otro punto muy importante es la forma en la que se tiene que actualizar el precio del contrato locativo destinado a vivienda habitación. “Se privó de la libre voluntad a las partes y se determinó que esa actualización se debía hacer anualmente a través de un índice que publica el BCRA que contempla dos variables: el aumento de alimentos es decir la inflación y la variación de la remuneración de los empleados”, explicó el abogado.

“Todos conocemos el contexto inflacionario. Este índice produce actualmente un incremento exponencial de los precios”.

Por todo ello, a los inquilinos se les hace imposible pagar los alquileres. Del otro lado se encuentran los propietarios, que tienen un capital inmovilizado con una renta que, en proporción al capital, es baja. “Esta Ley no conforma ni a unos ni a otros, ni a los inquilinos que no pueden pagar ni a los propietarios que consideran que lo que cobran es bajo”.

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Un problema, muchas aristas

Este problema que abarca muchas líneas: déficit habitacional, carencias de créditos para acceder a la vivienda propia, gran demanda de alquiler. “Con este marco normativo que fracasó, estamos en un problema serio”, dijo Ezequiel Silva.

“Debo decir que, desde que esta ley se dictó, hace casi tres años ya hubo más de 25 proyectos de reforma que tomaron estado parlamentario, pero no fueron sancionados. Estas modificaciones de fondo son políticas de Estado que pueden llevar muchos años y en el mientras tanto debe haber un marco normativo que regule esta situación”, añadió.

“Esta Ley no tuvo los frutos deseados, generó una enorme incertidumbre y la incertidumbre genera inseguridad jurídica”.

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La situación actual: ¿DNU, sí o no?

Desde el punto de vista legal, toda ley puede ser derogada mediante el dictado de otra ley. Las leyes surgen del Congreso, “por lo tanto lo que circula a través de los medios periódicos que indica que el Poder Ejecutivo a través de un DNU deje sin efecto esta Ley, no podría porque tendría grandes visos de inconstitucionalidad”.

Un Decreto de Necesidad y Urgencia no puede anular una ley. Como consecuencia, debería dictarse una nueva ley que derogue la vigente, la 27751.

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Contratos actuales

Al mismo tiempo, surgen otros interrogantes. ¿Qué sucederá con los contratos que fueron dictados en el marco de la Ley actual? El abogado Ezequiel Silva aclaró que toda ley que se dicta rige para el futuro, con lo cual, prima facie debería decirse que los contratos celebrados ese marco deberían seguir rigiendo por los términos y condiciones que las partes convinieron. Por otro lado, los nuevos contratos que se puedan dictar en el marco de la nueva ley, regirán por la esa norma.

Todo genera incertidumbre y desigualdad”. Sin embargo, para llevar claridad, explicó: “hoy en día, más allá de lo que surge en los medios periodísticos, la Ley vigente es la 27551. Esto quiere decir que todo contrato con destino habitacional tiene que tener un plazo de tres años, la actualización es anual y conforme al índice del Banco Central. En estos casi tres años de vigencia, el incremento de los alquileres fue más o menos del 245 al 250% consecuencia del proceso inflacionario que estamos viviendo”.

¿Qué pasa con los inquilinos si el gobierno deroga la ley de alquileres?
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