Se prohibió un aceite de oliva por ser falso: se vendía en Santa Fe y otras provincias
La ANMAT ordenó la prohibición total de un aceite de oliva extra virgen que utilizaba registros sanitarios inexistentes. Fue detectado en comercios de Santa Fe y Córdoba.
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Un aceite de oliva que se comercializaba como “extra virgen” fue retirado del mercado en todo el país por disposición de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), luego de comprobarse que utilizaba registros sanitarios falsos, lo que impide garantizar su origen, trazabilidad y condiciones de elaboración.
La medida fue oficializada a través de la Disposición N° 192/2026, publicada en el Boletín Oficial, y alcanza al producto rotulado como “Aceite de Oliva extra virgen”, marca Tierra de Oliva, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento.
Por qué fue prohibido el producto
Según detalló la ANMAT, el aceite exhibía en su rótulo un Registro Nacional de Establecimiento (RNE N° 12310897) y un Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA N° 12301246) que resultaron ser inexistentes. La irregularidad fue confirmada mediante consultas al Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA).
El procedimiento se inició a partir de una consulta elevada al Instituto Nacional de Alimentos (INAL), que puso en duda la legalidad del producto. Tras las verificaciones correspondientes, se determinó que se trataba de un alimento falsamente rotulado, por lo que se resolvió su prohibición total de elaboración, fraccionamiento, transporte y comercialización, incluyendo la venta online.
Detección en Santa Fe y Córdoba
Uno de los puntos relevantes del caso es que el aceite prohibido fue detectado en la provincia de Santa Fe. De acuerdo con la disposición oficial, la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria tomó intervención luego de constatar que el producto se vendía en la localidad de Rufino.
Como medida preventiva, se emitió la Alerta Alimentaria N° 13/2025, mediante la cual se prohibió la elaboración, tenencia, fraccionamiento, transporte, comercialización y exposición del producto en todo el territorio provincial, ante la imposibilidad de garantizar su inocuidad.
En paralelo, la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de la provincia de Córdoba informó que el aceite también fue hallado en al menos cuatro comercios de la ciudad de Marcos Juárez. Allí, la autoridad municipal procedió a su intervención y dispuso la prohibición total mediante la Resolución N° 48/2025.
Producto apócrifo y alcance de la medida
La ANMAT calificó al aceite de oliva marca Tierra de Oliva como producto apócrifo, ya que carece de registros sanitarios válidos que permitan identificar de manera fehaciente el lugar de elaboración o fraccionamiento.
El organismo recordó que, de acuerdo con la normativa vigente, todo alimento que se comercializa en el país debe contar con RNE y RNPA otorgados por la autoridad competente. En este caso, el producto infringe la Ley N° 18.284, el Decreto N° 2126/71 y diversos artículos del Código Alimentario Argentino, al inducir a error al consumidor y simular el cumplimiento de exigencias sanitarias inexistentes.
Además, la disposición extiende la prohibición a cualquier otro alimento que utilice los números de RNE N° 12310897 y/o RNPA N° 12301246, los cuales no podrán ser comercializados en la Argentina.
Desde la ANMAT remarcaron que estas medidas buscan prevenir riesgos para la salud pública, ya que los productos sin registro no permiten conocer su composición real ni los controles a los que fueron sometidos.

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