¿Qué hacer si todavía no me pagaron el aguinaldo de diciembre?
El Sueldo Anual Complementario es un derecho legal de los trabajadores. Si el empleador no lo abonó en tiempo y forma, existen vías formales para reclamarlo
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Con la llegada de diciembre, los trabajadores registrados esperan el cobro de la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC), conocido como aguinaldo. Se trata de un derecho establecido por la Ley de Contrato de Trabajo y de una obligación legal para los empleadores. Sin embargo, no son pocos los casos en los que el pago se demora o directamente no se efectúa, lo que habilita al trabajador a realizar reclamos formales.
El aguinaldo equivale al 50% del salario mensual más alto percibido durante el segundo semestre del año, incluyendo conceptos remunerativos como horas extras, comisiones y adicionales habituales. No se toman en cuenta los conceptos no remunerativos, como vestimenta u otros beneficios similares.
Cuál es la fecha límite de pago
La normativa establece que la fecha límite para pagar el aguinaldo de diciembre es el 18 de diciembre, aunque existe un breve plazo de gracia que algunos empleadores utilizan. El pago puede realizarse antes de esa fecha, pero no después de manera indefinida.
Quiénes tienen derecho a cobrarlo
Perciben aguinaldo:
- Trabajadores registrados en relación de dependencia.
- Jubilados y pensionados, que lo cobran a través de ANSES.
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Qué hacer si el aguinaldo no fue pagado
Si el aguinaldo no fue abonado en el plazo legal, el trabajador puede:
- Intimar al empleador mediante carta documento, reclamando el pago del SAC adeudado y dejando constancia del incumplimiento.
- Denunciar la situación ante el Ministerio de Trabajo, que puede convocar audiencias, intervenir en el conflicto y aplicar sanciones si corresponde.
- En caso de persistir el incumplimiento, iniciar acciones legales con asesoramiento profesional.
La falta de pago del aguinaldo no es una irregularidad menor: constituye un incumplimiento laboral.
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Cómo calcular el aguinaldo de diciembre
El cálculo básico se realiza tomando:
- El mejor sueldo bruto del segundo semestre.
- A ese monto se le aplican los descuentos habituales (jubilación, obra social, etc.), obteniendo así el importe neto a cobrar.
Para quienes no trabajaron todo el año, el aguinaldo se paga de forma proporcional. Puede calcularse:
- Dividiendo el mejor sueldo del período trabajado por 12 y multiplicando por los meses trabajados.
- O multiplicando los meses trabajados por el 50% del mejor salario y dividiendo el resultado por seis.
En todos los casos, el aguinaldo no es un premio ni un beneficio opcional, sino un derecho adquirido. Si no se paga, el trabajador está habilitado a reclamarlo por las vías legales correspondientes.

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