Inició un tratamiento de fertilización con su pareja, se separaron durante el embarazo y su beba estuvo un mes sin DNI
Natalí contó que ambas habían firmado los consentimientos para iniciar un proyecto parental, pero la relación terminó cuando cursaba los primeros meses de embarazo. Tras el nacimiento surgió un conflicto registral vinculado a la documentación del tratamiento y ahora la Justicia deberá resolver cómo quedará determinada la filiación de la niña.
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Una mujer identificada como Natalí atraviesa una compleja disputa judicial luego de haber iniciado junto a su entonces pareja un tratamiento de reproducción humana asistida. Ambas habían manifestado su voluntad de ser madres, pero la relación terminó durante el embarazo y, tras el nacimiento, la beba permaneció aproximadamente un mes sin poder ser inscripta y obtener su documentación.
Según relató Natalí a TN, el proyecto comenzó en 2024 en una clínica de fertilidad de San Isidro. Las dos mujeres firmaron los consentimientos correspondientes y avanzaron con el tratamiento, pero unos dos meses después de confirmarse el embarazo su pareja le manifestó que ya no quería continuar con el proyecto parental.
La mujer aseguró que posteriormente recibió distintas comunicaciones judiciales y sostuvo que una de ellas incluso la intimaba a interrumpir el embarazo. “Me estaba intimando a abortar después de todo un tratamiento que hicimos juntas, de todo un recorrido”, contó al reconstruir el conflicto.
El problema apareció al momento de inscribir a la beba
Una vez producido el nacimiento surgió una dificultad vinculada con la certificación o protocolización del consentimiento informado firmado durante el tratamiento. Natalí aseguró que, ante esa situación, inicialmente no pudo completar la inscripción de su hija en el Registro Civil.
La normativa argentina reconoce a las técnicas de reproducción humana asistida como una fuente de filiación y establece que la voluntad procreacional se expresa mediante un consentimiento previo, informado y libre. Ese consentimiento debe estar debidamente certificado o protocolizado para la inscripción registral correspondiente. Además, en tratamientos de alta complejidad puede revocarse hasta antes de la transferencia embrionaria.
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Ante la demora, Natalí decidió visibilizar públicamente su situación. De acuerdo con su relato, una medida cautelar permitió finalmente inscribir a la niña cuando tenía alrededor de un mes de vida, aunque ahora cuestiona la forma en que quedó asentada la filiación.
“Salió como hija natural y tendría que figurar como hija nacida mediante fertilización asistida”, explicó.
Una causa que podría sentar precedente
Las abogadas Gisela Aburto y Nadia de Rosa impulsaron una demanda para modificar la inscripción y pidieron que Natalí quede registrada como única progenitora, pero manteniendo como fuente filiatoria la reproducción humana asistida.
También cuestionaron la normativa aplicada al caso y plantearon que la situación expone un problema que podría repetirse cuando una de las personas que participó inicialmente del proyecto parental intenta apartarse después de concretado el procedimiento reproductivo.
El Código Civil y Comercial establece que, en estos casos, la determinación de la filiación deriva del consentimiento previo, informado y libre prestado conforme a la normativa vigente. Será ahora la Justicia la que deberá establecer cómo se aplican esas reglas a las circunstancias particulares de este expediente.
Mientras avanza la causa, Natalí aseguró que su expareja no volvió a mantener contacto con ellas y remarcó que su reclamo busca, además de resolver su situación familiar, evitar que otros niños atraviesen dificultades similares al momento de acceder a su identidad registral.

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