Fin de la Ley de Alquileres: desde noviembre, los contratos incluirán aumentos por inflación
La derogación de la norma modificó la forma de actualización: ahora los inquilinos deberán aplicar subas por IPC o ICL según lo pactado.
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A partir de noviembre, tras la derogación de la Ley de Alquileres, todos los inquilinos verán reflejado un aumento adicional en sus contratos de locación. El ajuste se aplicará en función de los nuevos criterios establecidos por las partes, principalmente el Índice de Precios al Consumidor (IPC) o el Índice de Contratos de Locación (ICL).
El cambio afecta a quienes firmaron contratos nuevos o actualizados tras la derogación, y supone el fin de las actualizaciones anuales fijas que regían bajo la ley anterior.
¿Cómo calcular el nuevo aumento?
De acuerdo con los datos publicados por el INDEC, la inflación de septiembre 2025 fue del 2,1%, con una acumulación anual del 35,7%. Este porcentaje se utiliza como base para los contratos que aplican ajustes trimestrales o cuatrimestrales atados al IPC.
Por ejemplo: un alquiler de $300.000, firmado en abril con actualización trimestral por IPC, pasaría a $318.000 en noviembre.
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Los inquilinos deberán sumar los porcentajes mensuales de inflación según el período establecido en el contrato (3, 4 o 6 meses) para calcular el nuevo monto.
¿Qué pasa con los contratos bajo ICL?
Los contratos anteriores que se siguen rigiendo por el Índice de Contratos de Locación (ICL) continúan vigentes hasta que expire su plazo original. En esos casos, los aumentos son interanuales, pero se viene registrando una tendencia decreciente. En agosto, por ejemplo, la suba fue del 55,67%, la más baja de los últimos tres años.

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