Feriados 2027: el calendario oficial con 16 fechas y ocho fines de semana largos
El calendario de feriados para 2027 ya permite planificar el año con precisión, sumando 16 jornadas nacionales y 8 fines de semana largos, a la espera de los días turísticos.
:format(webp):quality(75)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/10/feriados_2027.webp)
El esquema de feriados 2027 en Argentina se rige por la Ley 27.399, la cual establece con claridad tanto las fechas inamovibles como los criterios para el traslado de aquellas jornadas que permiten fomentar el descanso. Hasta el momento, el cronograma oficial contempla 16 feriados nacionales y un total de 8 fines de semana largos, consolidando una estructura que facilita la organización de actividades personales y turísticas para todos los ciudadanos del país.
Los feriados inamovibles incluyen el 1 de enero (Año Nuevo), el 8 y 9 de febrero (Carnaval), el 24 de marzo (Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia) y el 26 de marzo (Viernes Santo). También se destacan el 2 de abril (Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas), el 1 de mayo (Día del Trabajador), el 25 de mayo (Revolución de Mayo), el 20 de junio (Paso a la Inmortalidad del Gral. Manuel Belgrano), el 9 de julio (Día de la Independencia), el 8 de diciembre (Inmaculada Concepción de María) y el 25 de diciembre (Navidad).
Respecto a los feriados trasladables, el artículo 6 de la normativa vigente dicta que si las fechas caen martes o miércoles, se mueven al lunes anterior, mientras que si ocurren jueves o viernes, pasan al lunes siguiente. Bajo esta premisa, el 17 de junio (Paso a la Inmortalidad del Gral. Martín Miguel de Güemes) se traslada al 21 de junio. Asimismo, el 17 de agosto (Paso a la Inmortalidad del Gral. José de San Martín) se celebrará el 16 de agosto, y el 12 de octubre (Día del Respeto a la Diversidad Cultural) pasará al 11 de octubre.
Un caso particular es el 20 de noviembre, Día de la Soberanía Nacional, que en 2027 cae sábado. El Decreto 614/2025 faculta a la autoridad de aplicación a trasladar esta fecha al lunes posterior o al viernes anterior para evitar que se pierda el beneficio del fin de semana largo. Por otro lado, el Jueves Santo, que cae el 25 de marzo, se mantiene como día no laborable, lo que significa que cada empleador tiene la potestad de decidir si sus empleados prestan servicios durante esa jornada específica.
Finalmente, resta definir los días con fines turísticos, una facultad que el Poder Ejecutivo posee para sumar hasta tres jornadas adicionales. La ley exige que estos días sean fijados con al menos 50 días de antelación al cierre del año calendario, estableciendo el 11 de noviembre de 2026 como la fecha límite para su anuncio. Es fundamental recordar la distinción legal: mientras que en un feriado el trabajo se paga doble, en un día no laborable se abona el salario normal si se decide trabajar.

Para comentar, debés estar registradoPor favor, iniciá sesión