Empleados de comercio: ¿cuánto cobraran a partir de agosto?
El acuerdo paritario homologado asegura un aumento progresivo en los haberes de los empleados de comercio hasta diciembre. Los aumentos incluyen un 1% mensual y una suma fija de $40.000.
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Luego de intensas negociaciones entre el gremio mercantil y las cámaras empresariales, el Ministerio de Capital Humano, a través de la Secretaría de Trabajo, homologó el acuerdo paritario para los empleados de comercio. Esta validación oficial permite que las empresas apliquen los aumentos correspondientes en los haberes de agosto.
El acuerdo abarca el período de julio a diciembre de 2025 y contempla aumentos mensuales no acumulativos del 1% sobre los básicos de junio, junto con una suma fija mensual de $40.000. Esta medida tiene como objetivo proteger el poder adquisitivo de más de un millón de trabajadores del sector. A partir de la homologación oficial, las empresas comenzaron a aplicar el nuevo esquema de aumentos, que incluye:
1% mensual no acumulativo sobre los sueldos básicos de junio, aplicable entre julio y diciembre de 2025.
Una suma fija remunerativa de $40.000 mensuales durante el mismo semestre.

Los aumentos aplican tanto a empleados de jornada completa como parcial, ajustándose proporcionalmente en estos últimos casos. Además, la suma fija se integra al salario básico, lo que impacta en adicionales como antigüedad y presentismo. Al ser remunerativa, también genera aportes y contribuciones a la seguridad social.
Aumento salarial en agosto: lo que se cobra
Con la homologación oficial ya confirmada, los sueldos de agosto incorporan los siguientes incrementos:
2% acumulado de aumento (1% en julio y 1% en agosto).
Dos sumas fijas de $40.000, correspondientes a julio y agosto.
Los detalles de los salarios para jornada completa en agosto son los siguientes:
Categoría: Maestranza
Maestranza A: $1.056.054
Maestranza B: $1.060.634
Maestranza C: $1.067.094
Categoría: Administrativo
Administrativo A: $1.067.094
Administrativo B: $1.071.674
Administrativo C: $1.076.254
Administrativo D: $1.090.754
Administrativo E: $1.105.254
Administrativo F: $1.119.754
Categoría: Cajero
Cajero A: $1.070.773
Cajero B: $1.074.034
Cajero C: $1.081.934
Categoría: Auxiliar
Auxiliar A: $1.070.773
Auxiliar B: $1.081.934
Auxiliar C: $1.105.254
Categoría: Auxiliar Especializado
Especializado A: $1.081.934
Especializado B: $1.105.254
Categoría: Vendedor
Vendedor A: $1.100.221
Vendedor B: $1.110.758
Vendedor C: $1.127.694
Escala salarial hasta fin de año
El acuerdo homologado establece aumentos mensuales del 1% hasta diciembre, tomando como base los salarios de junio. A medida que avanza el semestre, el salario se ajustará de la siguiente manera:
Julio: +1%
Agosto: +1%
Septiembre: +1%
Octubre: +1%
Noviembre: +1%
Diciembre: +1%
De este modo, para diciembre, el acumulado de aumentos será del 6% sobre los básicos de junio, con seis sumas fijas mensuales ya incorporadas al salario.
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¿Quiénes aplican este esquema?
El acuerdo afecta a todos los trabajadores bajo el CCT 130/75, que abarca actividades de comercio minorista y mayorista, ventas en locales, logística, administrativos, cajas, depósito, auxiliares y tareas conexas. Este convenio colectivo es el más grande del país y su implementación también impacta en los aportes sindicales, el cálculo de horas extras y los adicionales por antigüedad y presentismo.
Diferencias en la liquidación de los aumentos
Algunos empleadores esperaron la homologación oficial para liquidar los aumentos, lo que resultó en ajustes retroactivos en algunos recibos de sueldo. En otros casos, las empresas ya habían aplicado los incrementos de forma anticipada, a cuenta de la homologación.

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