Día del Empleado de Comercio: cuándo se celebra en 2026 y qué pasa con el pago
La fecha establecida por ley es el 26 de septiembre, pero este año la celebración fue trasladada al lunes 28 por un acuerdo entre FAECYS y las cámaras empresarias del sector.
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El Día del Empleado de Comercio se celebrará este año el lunes 28 de septiembre, luego de un acuerdo alcanzado entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y las principales cámaras empresarias de la actividad.
La fecha establecida por la Ley 26.541 es el 26 de septiembre, pero en 2026 ese día cae sábado. Por ese motivo, las partes acordaron trasladar la conmemoración al lunes siguiente, manteniendo los efectos laborales previstos para esta jornada.
El entendimiento quedó formalizado mediante un acta y una circular fechadas el 7 de septiembre de 2026.
¿Quiénes tienen el día de descanso?
La medida alcanza a los trabajadores comprendidos en la actividad mercantil, dentro del marco del Convenio Colectivo de Trabajo 130/75.
El acuerdo establece que el lunes 28 de septiembre será la fecha de referencia para la celebración durante 2026 y tendrá los alcances previstos por la Ley 26.541 y la legislación laboral vigente.
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Además, las partes aclararon que el lunes 28 no podrá utilizarse como franco compensatorio del descanso semanal.
¿Qué pasa si un empleado trabaja ese día?
El acuerdo no creó un régimen salarial especial diferente al establecido por la legislación. La remuneración deberá ajustarse a las disposiciones de la Ley de Contrato de Trabajo, la Ley 26.541 y las demás normas laborales aplicables.
Por eso, para la liquidación salarial de septiembre, los empleadores deberán considerar el lunes 28 como la jornada correspondiente al Día del Empleado de Comercio.
La documentación acordada por el sindicato y las cámaras empresarias no modifica la fecha legal del 26 de septiembre: solo traslada la celebración de 2026 al lunes 28.
¿Por qué se trasladó la fecha?
El objetivo fue evitar que la conmemoración coincidiera con un sábado y permitir que los trabajadores del sector puedan ejercer los derechos asociados al Día del Empleado de Comercio durante un día hábil.
El acuerdo fue firmado por FAECYS, la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA).
Entre los representantes sindicales estuvo el secretario general de FAECYS, Armando Cavalieri, mientras que por las cámaras participaron sus principales autoridades y representantes.
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El acta fue presentada para su homologación ante la Secretaría de Trabajo de la Nación.
En resumen
- Fecha que establece la ley: 26 de septiembre.
- Fecha de celebración en 2026: lunes 28 de septiembre.
- Alcance: trabajadores comprendidos en la actividad mercantil y el CCT 130/75.
- Franco compensatorio: el lunes 28 no puede otorgarse como franco compensatorio.
- Salarios: se aplican las disposiciones de la legislación laboral vigente y la Ley 26.541.
- Motivo del traslado: el 26 de septiembre cae sábado este año.

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